Por curva de aprendizaje, Lenia Batres justifica su productividad en la Corte
Foto: Archivo | Durante una sesión privada, este martes, la mayoría de ministros rechazaron la propuesta de Lenia Batres  

La mayoría de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) votaron en contra de ordenar a la Judicatura analizar acciones para garantizar el acceso a la justicia ante la afectación por el paro de labores de juzgadores.

Durante una sesión privada, este martes, la mayoría de ministros rechazaron la propuesta de Lenia Batres.
A la par, la mayoría de trabajadores de la Corte votaron hoy a favor de sumarse al paro de labores de jueces y magistrados, que está vigente desde el 21 de agosto en todo el país.

En un comunicado, la ministra Lenia Batres dijo que “tanto el pleno del CJF como el de la SCJN mantienen su desinterés para garantizar el derecho humano de acceso a la justicia, privilegiando las preocupaciones económicas de los jueces y magistrados, por sobre el interés general de los mexicanos”.

Abundó que al “Pleno de la Suprema Corte no le preocupa que se suspendan los más de 440 mil juicios federales en trámite en todo nuestro país y sólo se atiendan las ‘urgencias’ (económicas) de las personas juzgadoras, a pesar de que somos servidores públicos, obligados a ver por los intereses generales antes que por los nuestros”.

La ministra señaló que la Asociación Nacional de Jueces y Magistrados, que promovió el paro de labores, no tenía esa facultad.

“Ante la paralización de actividades y toda vez que la única determinación formal sobre el tema ha sido tomada por una asociación civil, debe tomarse en cuenta que una A.C. por más que sea integrada por personas juzgadoras, no tiene el alcance de emitir declaratorias formales de suspensión de labores y establecer medidas que afecten directamente el ejercicio de los derechos de terceros”, aseguró.

Batres manifestó que “la emisión de acuerdos sobre la actuación de los tribunales es responsabilidad del Consejo de la Judicatura Federal por lo que una persona moral de derecho privado puede encontrarse usurpando funciones del órgano que constitucionalmente se encuentra encargado de la administración y disciplina del Poder Judicial”.

LDAV