PUEBLA. Este fin de semana se aprobó la  Ley Especial de Declaración de Ausencia por Desaparición de Personas.
Foto: Enfoque | PUEBLA. Este fin de semana se aprobó la  Ley Especial de Declaración de Ausencia por Desaparición de Personas.  

Fue el 30 de diciembre de 2019, cuando Nicora Madelene desapareció, mientras caminaba en las inmediaciones de la colonia Ricardo Flores Magón, cerca del Zócalo de Atlixco, Puebla. Desde entonces, sus familiares siguen sin dar con su paradero. 

La denuncia fue presentada por los familiares el 1 de enero de 2020, pero no fue hasta cuatro años después que las autoridades encontraron al presunto culpable.

Según la carpeta de investigación elaborada por la Fiscalía de Puebla, Juan Armando N, quien era su pareja, la privó de su libertad al retenerla en su domicilio el 29 de diciembre de 2019.

Las autoridades le dictaron sentencia cuatro años después de la desaparición de Nicora, y le dieron 42 años de cárcel. No obstante, no se sabe de ella. 

El equipo de búsqueda de personas de la Fiscalía visitó el domicilio donde vivía Nicora con Juan Armando N. La primera revisión se realizó un 14 de febrero de 2020 y la segunda dos años después. A pesar de las excavaciones con maquinaria pesada, las autoridades no encontraron ningún indicio del cuerpo. 

Nicora Madelene desapareció con 29 años. 

LEY DE AUSENCIA 

El pasado viernes 30 de agosto, durante una sesión extraordinaria de la LIX Legislatura del Congreso de Puebla, se aprobó la Ley Especial de Declaración de Ausencia por Desaparición de Personas, para garantizar los derechos humanos de las víctimas por desaparición forzada. 

Esto, tras las exigencias de colectivos como Voz de los Desaparecidos, a cargo de María Luisa Nuñez. 

Mediante esta ley, se garantiza la patria potestad de los hijos de los desaparecidos, con la protección de los derechos y bienes de sus hijos, mediante el reconocimiento de los derechos de guarda y custodia, el patrimonio de la personal localizada, incluyendo los bienes adquiridos a crédito o sujetos a hipoteca; los familiares podrán acceder al patrimonio y así como los beneficios correspondientes al régimen de seguridad social derivado de una relación de trabajo.