Sentencia del TEPJF anularía posibilidad de defensa de candidaturas o partidos: magistrado Rodríguez
Foto: X/@ReyesRdzM | El magistrado apuntó que comparte algunas de las reflexiones sobre el cuidado que partidos y candidaturas deben tener durante la veda electoral.  

El magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Reyes Rodríguez, alertó que la sentencia que revocó el pleno a la Sala Regional Especializada podría anular la posibilidad a candidaturas o partidos políticos de defenderse o responder cuando terceros o incluso autoridades les imputen conductas ilegales.

A través de su cuenta de “X”, el magistrado explicó que el revocó hoy, por mayoría, la sentencia de la Sala Regional Especializada que determinó que no existían infracciones de Jorge Álvarez Máynez ni de Movimiento Ciudadano (MC) por difundir propaganda electoral en periodo prohibido.

“No estuve de acuerdo con esta decisión porque se omitió el estudio detallado que había realizado la Sala Regional Especializada en su resolución”, escribió Rodríguez.

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Agregó que en el análisis pormenorizado que hizo la Sala Especializada se determinaba la inexistencia de propaganda en tiempo de veda porque ninguna de las expresiones del excandidato presidencial podía calificarse como un llamado al voto, a favor o en contra de algún partido político, en este caso el Revolucionario Institucional (PRI).

“Por lo anterior, considero que esto debía entenderse como una crítica negativa y no una expresión en contra de alguna de las candidaturas.

“Sin embargo, en el proyecto aprobado, se omite ese análisis y plantea que Jorge Álvarez Máynez buscó generar, durante el período de veda electoral, una percepción pública negativa respecto del PRI, al responsabilizarlo por una investigación en su perjuicio llevada a cabo por la Fiscalía Nuevo León”, indicó.

El magistrado apuntó que comparte algunas de las reflexiones sobre el cuidado que partidos y candidaturas deben tener durante la veda electoral, de tal manera que este período cumpla su propósito, pero no concuerda con las conclusiones.

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Pues con éstas se podría anular la posibilidad a candidaturas o partidos políticos de defenderse o responder cuando terceros o incluso autoridades les imputen conductas ilegales, fundadas o no, durante la veda electoral.

“Esto puede ser un precedente pernicioso que incentive el despliegue de acciones que puedan afectar a una candidatura, anulando la posibilidad de defensa o información que pueda ser del interés de la ciudadanía. Es por esto que, presenté un voto particular en contra”, explicó.

LEO