Los Consejos Distritales del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM), instalados con motivo del proceso electoral pasado, iniciaron el cierre de sus actividades, ante la inexistencia de medios de impugnación en tribunales electorales.
Se trata de órganos colegiados de carácter temporal que funcionan durante los procesos electorales, con facultades de decisión en el ámbito territorial que les corresponda.
El IECM informó que los Consejos Distritales 1, 2, 3, 4, 5, 8, 13, 16, 17, 19, 21, 27, 28, 29, 30 y 31 llevaron a cabo sesiones ordinarias en las que declararon la conclusión de sus actividades.
El órgano capitalino detalló que de acuerdo con el artículo 115 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México, los consejos distritales son órganos colegiados de carácter temporal y sólo funcionan durante los procesos electorales, por lo que sus fechas de cierre son escalonadas.
El 9 de febrero se instalaron estos consejos, los cuales estuvieron conformados por una presidencia, seis consejerías, emanadas de una convocatoria ciudadana, una representación por cada partido político o persona candidata sin partido y una persona secretaria, a cargo de la persona secretaria de órgano desconcentrado.
Entre sus atribuciones corresponde dar seguimiento a la aprobación de las secciones electorales dentro del ámbito distrital para instalar casillas especiales, así como del número y ubicación de casillas conforme a la normatividad aplicable.
Además de dar seguimiento al procedimiento de insaculación de los funcionarios de casilla y su capacitación; así como a la instalación de las Mesas Directivas de Casilla y ordenar la entrega de la documentación y materiales electorales a los Presidentes de las Mesas Directivas de Casilla.
También se encargaron de recibir los paquetes electorales y la documentación relativa a las elecciones de Jefatura de Gobierno, diputaciones, alcaldías y concejalías; efectuar el cómputo de la elección de diputaciones de mayoría, declarar la validez de la elección y entregar la constancia correspondiente a candidatos con el mayor número de votos.
En el caso de los distritos cabecera de demarcación, el cómputo de cada jurisdicción territorial. Asimismo, realizar el cómputo distrital de la votación recibida en las elecciones de la Jefatura de Gobierno, alcaldías, Concejalías y de las y los Diputados de representación proporcional, entre otras atribuciones.
El Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024 contó con 396 consejeras y consejeros distritales, propietarios y suplentes, en los 33 órganos desconcentrados del Instituto Electoral capitalino.