Los proyectos de la ministra Yasmín Esquivel Mossa parten del hecho de que al estar involucrados una niña y un niño se debe observar el interés superior de la niñez
Foto: Cuartoscuro | La ministra Yasmín Esquivel afirmó que cobrar la primera copia del acta de nacimiento constituye una violación a la gratuidad  

Durante este martes 8 de octubre, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó, por unanimidad de votos, la invalidez de diversas disposiciones de leyes de ingreso de municipios del Estado de Veracruz.

Lo anterior, con relación al cobro de derechos por la certificación de documentos públicos y el cobro de derechos por el servicio que presta el registro civil municipal.

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Al pronunciarse sobre el asunto, la ministra Yasmín Esquivel Mossa compartió la declaración de invalidez de la fracción III del artículo reclamado.

Sin embargo, se apartó de las consideraciones del proyecto porque, en su opinión, lo que resulta fundado, es el argumento relacionado con la violación al derecho de gratuidad en la expedición de la primera copia del acta de nacimiento del registro civil.

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La ministra explicó que, como lo argumenta el Poder Ejecutivo accionante, los cobros previstos en las normas reclamadas constituyen un factor de exclusión y discriminación para las personas cuyos padres los reconocen como propios, lo cual, afecta en mayor medida a las niñas y niños al obstaculizar el registro universal y gratuito de las personas, por lo que cualquier cobro que se previera resultaría inconstitucional, por no existir razones válidas para imponer alguna contribución.

EAM