Ministros de la SCJN aprobaron atraer un recurso de revisión derivado del amparo que busca impedir el aislamiento de la elefanta Ely
Foto: Cuartoscuro | Al resolverse este caso, las personas juzgadoras federales contarían con lineamientos para los juicios en los que se planteen violaciones a los derechos de los animales  

Ministros de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobaron por mayoría de votos la propuesta de Yasmín Esquivel Mossa para atraer un recurso de revisión derivado del amparo que busca impedir el aislamiento animal de la elefanta Ely en el Zoológico de Aragón.

El proyecto presentado por la ministra Esquivel Mossa propone atraer un asunto de interés jurídico para estudiar la protección, bienestar, así como el trato digno y respetuoso a los animales que se encuentren en cautiverio en zoológicos y fomentar una cultura de cuidado y tutela responsable.

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La ministra Esquivel precisó que la excepcionalidad del asunto implica analizar, primero, si la parte quejosa cuenta con el interés legítimo para promover el juicio de amparo en representación de la elefanta Ely y, posteriormente, estudiar lo relativo a la protección a los animales, reconocido en la Constitución de la Ciudad de México, a la luz de los derechos humanos a un medio ambiente sano y a la buena administración.

En tal virtud, se podrá definir los estándares que las autoridades de la CDMX deben utilizar para garantizar la protección, bienestar, así como el trato digno y respetuoso a los animales que se encuentren en cautiverio en zoológicos y fomentar una cultura de cuidado y tutela responsable.

Además, establecer cuáles son las obligaciones de tales autoridades orientadas a satisfacer las necesidades básicas materiales y psicológicas respecto a cada una de las especies en cautiverio.

La resolución del caso podría determinar si la persona que promovió el juicio de amparo cuenta con interés legítimo para reclamar diversas violaciones a los derechos a una vida libre de crueldad y al acceso a condiciones de salud de la elefanta.

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Si el interés legítimo no constituye una causal de improcedencia, en el estudio de fondo se podría dilucidar el alcance de la protección a los animales establecido en la Constitución Política de la Ciudad de México, así como los estándares que las autoridades deben utilizar para garantizar el bienestar material y psicológico, el trato digno y respetuoso a los animales, el fomento a la cultura de cuidado y tutela responsable de cada una de las especies que se encuentren en cautiverio en zoológicos a cargo del gobierno local y de las alcaldías de esta ciudad. Incluso, se estaría ante la oportunidad de considerar si los animales tienen derechos, entendidos como “seres sintientes” diferentes a las personas.

Al resolverse este caso, las personas juzgadoras federales contarían con lineamientos precisos para los juicios en los que se planteen violaciones a los derechos de los animales, a la luz de los derechos a un medio ambiente sano y a la buena administración.

EAM