El coordinador de los senadores de Morena, Adán Augusto López Hernández presentó una iniciativa en la que establece que, “los juicios, recursos y consultas en los que se haya cuestionado la validez de una adición o reforma a esta Constitución, por su forma, procedimiento o fondo, y que a la fecha de entrada en vigor de este Decreto se encuentren en trámite, se sujetarán de manera directa a lo que este dispone, quedarán sin materia y serán sobreseídos”.
Desde la tribuna del Senado, el líder morenista, argumentó que su iniciativa “hace constar que las reformas o adiciones a la Constitución General, son la expresión más alta de la voluntad más alta del pueblo de México”.
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Dijo que en el diseño constitucional, las reformas a la Carta Magna “son el resultado de un alto proceso deliberativo, una decisión política colectiva, revestida de una dignidad democrática especial. En consecuencia, la reforma a la Constitución, no es y nunca ha sido equiparable a ningún acto legislativo, pues su resultado modifica el parámetro de validez del resto del orden jurídico mexicano y sujeta a la actuación de todas las autoridades del Estado”.
López Hernández dijo que, “en esa lógica, el Poder Judicial de la Federación, tiene a su cargo la defensa de la constitución a través de la interpretación y aplicación de esta, pero no su modificación”.
La iniciativa firmada por los coordinadores parlamentarios de Morena en el Senado, Adán Augusto López y en la Cámara de Diputados, Ricardo Monreal; así como los presidentes de ambas Cámaras, Gerardo Fernández y Sergio Gutiérrez, señala que los juicios y recursos en los que se haya cuestionado la validez de un acto en ejecución de las reformas y adiciones a que se refiere el párrafo anterior, también quedarán sin materia y serán sobreseídos.
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Destaca que “no procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a esta Constitución, incluyendo su proceso deliberativo, legislativo y correlativa votación, así como aquellas que busquen controvertir las resoluciones o declaraciones de las autoridades competentes en materia electoral”.
En los artículos transitorios de la propuesta establece que “para la interpretación y aplicación del presente reforma, los órganos del Estado deberán atenerse a su literalidad, quedando prohibida cualquier interpretación análoga o extensiva que pretenda inaplicar, suspender, modificar o hacer nugatorios sus términos o su vigencia, ya sea de manera total o parcial”.
Además, establece que, a partir de la entrada en vigor de este Decreto, “se derogan todas las disposiciones que se opongan al contenido, previstas en leyes secundarias, reglamentos, acuerdos y cualquier otro ordenamiento normativo de carácter administrativo”.
La iniciativa fue turnada a las Comisiones de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos del Senado para su discusión.
MC