Con el voto de 23 congresos estatales, el Senado de la República declaró la validez de la reforma constitucional que impide a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolver sobre amparos, controversias y acciones de inconstitucionalidad respecto a modificaciones a la Constitución.
La reforma al Artículo 105 constitucional determina que “son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a esta Constitución”.
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Además modifica el artículo 107 constitucional que establece que “no procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a esta Constitución”.
Y se establece un artículo transitorio que señala que, “los asuntos que se encuentren en trámite deberán resolverse conforme a las disposiciones contenidas en el presente Decreto”.
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De esta manera, el Senado envía a la Secretaría de Gobernación para publicarla en el Diario Oficial de la Federación.