El Senado de la República inició la discusión de las reformas que redistribuyen facultades de las Secretarías de Estado para ajustarlas a la estructura del Poder Ejecutivo; modifica la denominación de la Secretaría de la Función Pública por la de Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno.
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Asimismo, crea la Secretaría de la Mujer; la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación; y la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.
El dictamen obedece a una iniciativa enviada por la presidenta de México, Claudia Sheinbaum como parte de la organización de su Gobierno.
🔴 Segunda parte de la sesión de la Cámara de Senadores, del 26 de noviembre de 2024. https://t.co/DhZVp9EpE1
— Senado de México (@senadomexicano) November 26, 2024
Entre las reformas, se establece que los recursos humanos, financieros, materiales, así como las funciones y atribulaciones con las que cuenta la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim) se transferirán a la Secretaría de las Mujeres, a más tardar el 31 de diciembre de 2024.
A la secretaría de Gobernación le corresponde, además de las tareas ya encomendadas, operar la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Población; proponer y ejecutar las acciones tendientes a asegurar la coordinación nacional entre la Federación, la Ciudad de México, los estados y los municipios, en el ámbito del Consejo Nacional de Seguridad Pública, para diseñar e instrumentar la política orientada a la construcción de la paz en el país.
A la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana se le otorgan facultades para organizar, dirigir y supervisar las instituciones bajo su adscripción para realizar la investigación y persecución de delitos basada en inteligencia, información estratégica, análisis, colaboración, práctica de operaciones especiales y aprovechamiento de la tecnología informática, para generar y aportar mayores elementos de prueba que originen y fortalezcan carpetas de investigación ministerial, con la finalidad de que los indicios, datos y pruebas que se recaben sean admisibles en juicio con plena sujeción a los derechos humanos y libertades fundamentales, en coordinación con la Fiscalía General de la República.
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ART