La senadora de Morena y presidenta de la Comisión de Gobernación del Senado, propuso una iniciativa para garantizar los derechos laborales de los trabajadores de plataformas digitales y obliga a los empleadores a “establecer por escrito las condiciones de trabajo” y gozarán de seguridad social.
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De acuerdo con la senadora, a partir del uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC´s), empresas como Uber, Rappi, DiDi y demás plataformas digitales han ayudado a que micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) aumenten sus ventas y generar cerca de 500 mil nuevos empleos.
“Sin embargo, el constante desarrollo de las TIC’s y la crisis sanitaria provocada por la Covid-19 son factores fundamentales para que las relaciones obrero-patronales cambiaran, por lo que cada vez hay un mayor número de industrias que sustituyen la mano de obra que genera poco valor agregado por maquinaria, o bien, por la automatización de ciertos procesos dentro de la cadena de producción”.
Por ello, propone que a los trabajadores de plataformas digitales, choferes, repartidores y mensajeros que, sin importar que este sea contratado por uno o varios empleadores y en favor de uno o varios clientes o usuarios, se les asignen tasas o trabajos mediante cualquier herramienta tecnológica o algoritmo.
Para efecto se define como plataforma digital el espacio en internet que permite y facilita la ejecución de tareas, así como ofrecer algún bien y/o servicio mediante programas o aplicaciones.
Establece que, “son empleadores aquellas personas físicas o morales que contraten por si o por interpósita persona a trabajadores de plataformas digitales sin importar que este sea contratado por uno o varios empleadores y en favor de uno o varios clientes o usuarios, a través de cualquier medio o herramienta digital”.
En cuanto al salario, “podrá estipularse por viaje realizado, por entrega efectiva, por unidad de obra o cualquier otra manera que a derecho convengan las partes y nunca menor al fijado por mínimo de acuerdo con las disposiciones de esta Ley”.
El salario se integrará por los pagos hechos en efectivo o transferencia electrónica y las propinas otorgadas por los clientes o usuarios. Sin correlativo Artículo 310 Octies.
“El salario será cubierto semanalmente por el empleador a través de transferencia electrónica a la cuenta de la institución financiera que desee el trabajador de la plataforma digital”.
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ART