Por unanimidad con 110 votos a favor, el Senado de la República reformas para sacar a los agresores de mujeres de su domicilio.
El dictamen que obedece a una propuesta de la presidenta Claudia Sheinbaum, establece que en casos de “peligro inminente o extrema urgencia, el Ministerio Público bajo su más estricta responsabilidad, podrá determinar la desocupación inmediata por la persona agresora, del domicilio conyugal o de pareja, independientemente de la acreditación de propiedad o posesión del inmueble, aún en los casos de arrendamiento del mismo”.
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Para ello se modificaron diversas disposiciones de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares para lograr la igualdad sustantiva, uso de medidas de protección y erradicación de la brecha salarial por razones de género.
Asimismo, se adiciona al glosario y a diversas disposiciones de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres el concepto de brecha salarial e igualdad salarial, asimismo, amplía la definición de discriminación. También agrega la búsqueda de igualdad sustantiva en el ámbito familiar, de cuidados, de salud y laboral como objetivos de la política de acciones de la Ley.
También agrega al cuerpo de la legislación el concepto de órdenes de protección como mecanismo auxiliar para prevenir o hacer cesar actos de violencia, o bien, impedir la comisión de nuevos actos de violencia o de delito.