Este jueves, el Diario Oficial de la Federación publicó el salario mínimo que estará vigente a partir del 1 de enero de 2025, y que está integrado por tres componentes: el monto del salario mínimo vigente a partir del 1º de enero de 2024; un Monto Independiente de Recuperación (MIR) que se suma al monto del salario mínimo vigente anterior; y, un factor de aumento por fijación igual a 6.5% que se aplica a la suma del salario mínimo vigente anterior y al MIR.
El Decreto publicado este día, señala que los salarios mínimos generales que tendrán vigencia a partir del 1º de enero de 2025, se incrementarán en 12% tanto en la zona a Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN) y en la Zona del Salario Mínimo General (ZSMG).
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De esta manera, para la ZLFN el salario mínimo será de 419.88 pesos diarios por jornada diaria de trabajo.
Para la Zona del Salario Mínimo General (ZSMG) el salario mínimo será de 278.80 pesos diarios, por jornada diaria de trabajo, cuyo incremento se compone de 12.85 pesos de MIR más 6.5% de aumento por fijación.
Los salarios mínimos profesionales que tendrán vigencia a partir del 1º de enero de 2025 para las profesiones, oficios y trabajos especiales, serán los que están vigentes en 2024 más un incremento del 12% en ambas áreas geográficas.
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De esta manera, los albañiles en la zona fronteriza norte ganarán como mínimo $419.88 pesos, y en la zona general, $321.63 pesos. Los cajeros en la ZLFN ganarán mínimo $419.88 pesos y en la Zona General, $289.24 pesos.
El jornalero agrícola ganará en la ZLFN $419.88 pesos y en la Zona General $315.19; los mecánicos ganarán en la zona fronteriza norte $419.88 pesos y en la zona general $332.17 pesos.
Si quieres conocer el salario mínimo de tu profesión, consulta la lista completa en el DOF https://www.dof.gob.mx
MC