En caso de no poder pagar la multa, el infractor pasará un arresto de 25 a 36 horas o trabajo comunitario de 12 a 18 horas
Foto: Redes sociales | En caso de no poder pagar la multa, el infractor pasará un arresto de 25 a 36 horas o trabajo comunitario de 12 a 18 horas  

¡No hay fecha que no se cumpla! Hoy 24 de diciembre llegó el día de celebrar la Navidad y la Nochebuena, dos celebraciones que suelen llevarse a cabo en grande, pues muchas personas se reúnen con sus familias y/o amigos. Por lo anterior, en estas fechas, muchos suelen utilizar fuegos artificiales, pero ¿sabes cuál es la multa por quemar pirotecnia en la CDMX ? A continuación te decimos.

En estas fechas donde el amor , la paz y la solidaridad reinan en los hogares, algunos de los motivos por los que en estas fechas las personas suelen usar pirotecnia son:

  • Ahuyentar a los malos espíritus.
  • Simbolizan la luz y la alegría.
  • Purifican y renuevan el espíritu, lo que es especialmente relevante en las celebraciones de la Navidad y Año Nuevo.
  • Son una forma de diversión y entretenimiento, por los colores o formas que se emiten. Además, suelen ser una actividad que se puede disfrutar con amigos o familia.

Sin embargo, también pueden ser peligrosos si no se manejan y utilizan de manera adecuada.

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Quemar pirotecnia en CDMX te puede salir bastante caro

Por lo anterior, el Gobierno de la Ciudad de México (GOBCDMX) y la Secretaría del Medio Ambiente (SEDEMA), a través de la Dirección General de Calidad del Aire (DGCA), hacen un llamado a las y los habitantes de la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM) a evitar el uso de pirotecnia durante las celebraciones de Nochebuena, Navidad y Año Nuevo.

Lo anterior a fin de:

  • Disminuir el impacto negativo en la calidad del aire.
  • Cuida la salud de las personas, principalmente de los sectores más vulnerables como niños, adultos mayores, mujeres embarazadas y personas con enfermedades respiratorias o cardiovasculares.
  • Cuidar  el bienestar de los animales de compañía.

Pues destacaron que las concentraciones de contaminantes alcanzan sus picos entre la 1:00 y las 5:00 de la madrugada, por lo que la SEDEMA, a través de la DGCA, invita a la ciudadanía a poner en práctica las siguientes acciones:

  • Evitar encender chimeneas, así como quemar cuetes y pirotecnia.
  • No encender fogatas, principalmente en zonas donde exista riesgo de incendios forestales.
  • Disminuir en lo posible el uso de carbón o leña, ya sea en interiores o exteriores.
  • Evitar la quema de llantas, basura o cualquier otro residuo.
  • Participar en la limpieza de calles y banquetas, humedeciendo un poco el suelo previamente a realizar el barrido para evitar el levantamiento de polvo.
  • Mantener los vehículos en óptimas condiciones y apegarse al Programa de Verificación Vehicular Obligatorio para evitar que las unidades automotoras generen emisiones contaminantes que afecten la calidad del aire.
  • En caso de detectar incendios, dar aviso a las autoridades correspondientes para que pueda ser controlado de forma adecuada.

Multa por quemar pirotecnia en la CDMX en 2024 

Y si bien pueden verse muy bonitos los fuegos artificiales en el cielo , por los colores que emanan, vale  mencionar que estos están prohibidos en la CDMX y en el Estado de México y las autoridades han implementado sanciones para desincentivar esta práctica.

En tanto que las personas que sean sorprendidas tronando pirotecnia serán sancionadas, la multa será:

El artículo 28, fracción VII, de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, considera como una infracción contra la seguridad ciudadana el uso de juegos artificiales.

“Detonar o encender cohetes, juegos pirotécnicos, fogatas o elevar aeróstatos sin permiso de las autoridades competentes”.

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En caso de infringir esta ley, las personas podrían pagar una multa de 21 a 30 Unidades de Medida y Actualización (UMA), que actualmente equivale a dos mil 280 pesos y hasta tres mil 260 pesos.

En caso de no poder pagar la multa, el infractor pasará un arresto de 25 a 36 horas o trabajo comunitario de 12 a 18 horas, todo esto de acuerdo con el artículo 31 de dicha legislación.

CSAS