El presidente de la Mesa Directiva en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), Mauricio Toledo, celebró que un juzgado desechara el amparo promovido por el jefe delegacional en Tláhuac, Rigoberto Salgado, quien buscaba frenar el proceso de remoción iniciado en el órgano legislativo.
“Felicito al juez del Juzgado Noveno de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México por no dejarse presionar y desechar la demanda de amparo 1190/2017 promovida por Salgado contra el proceso de desafuero iniciado en su contra por la Asamblea Legislativa, toda vez que dejó en claro que el órgano legislativo no sólo tiene todas las facultades para llevarlo a cabo, sino que se cuenta con pruebas suficientes”, aseguró.
Toledo cuestionó la urgencia del jefe delegacional por ampararse ante todas las instancias que lo están investigando, y aseguró que con esto sólo pone en evidencia su culpabilidad.
“Rigoberto Salgado se ve muy nervioso, primero solicitando amparo para que no se pueda filtrar información y luego para frenar el proceso de remoción de su cargo, aun cuando éste aseguró ante los medios de comunicación que no tenía necesidad de hacerlo porque se declaraba inocente, con esto sólo pone en evidencia su culpabilidad”, puntualizó.
Ante esta situación, el también integrante de la Comisión Jurisdiccional en la ALDF exhortó al presidente de la Comisión a agilizar los trámites correspondientes para continuar con el proceso de remoción y hacer públicas las sesiones.
“Exhorto respetuosamente al presidente de la Comisión Jurisdiccional a que realice las gestiones correspondientes de manera puntual, a fin de no retrasar este caso y dar continuidad a mi solicitud de hacer públicas las sesiones, a fin de que la ciudadanía, pero sobre todo los tlahuaquenses, se enteren paso a paso de lo que ocurría en la demarcación además de que el presidente de la comisión presente una agenda de trabajo bien estructurada para continuar con el proceso”, aseveró.
Para dar precisión al motivo por el cual fue desechado el amparo, el legislador informó que la Ley de Amparo establece en su artículo 61 que el juicio de amparo es improcedente por lo siguiente:
VII. Contra las resoluciones o declaraciones del Congreso Federal o de las Cámaras que lo constituyen, de las Legislaturas de los Estados o de sus respectivas Comisiones o Diputaciones Permanentes, en declaración de procedencia y en juicio político, así como en elección, suspensión o remoción de funcionarios en los casos en que las Constituciones correspondientes les confieran la facultad de resolver soberana o discrecionalmente.
“Con esto comprobamos que no hay un complot en contra de este funcionario, sino todo lo contrario, la misma ley nos ampara en un procedimiento que está bien estructurado, cuyo objetivo primordial es actuar conforme a lo que determina la ley”, concluyó.
aarl