La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) recibirá las quejas por cobros de colegiaturas y otros servicios educativos correspondientes al periodo en que no han tenido actividades aquellas escuelas y colegios particulares que no han retomado sus actividades después del sismo del 19 de septiembre.

 

Indicó que el prestador de servicios únicamente podrá exigir el pago cuando haya proporcionado los servicios a los que se comprometió, esto de acuerdo con un análisis que realizó de la Ley Federal de Protección al Consumidor y el Acuerdo que establece las bases mínimas de información para la comercialización de servicios educativos que prestan los particulares, publicado en el Diario Oficial el 10 de marzo de 1992, aplicable a educación básica y media superior.

 

Según la Profeco, en caso de que no se hayan brindado los servicios, el consumidor no tendrá la obligación de efectuar el pago, lo cual es aplicable incluso cuando el impedimento para cumplir con la prestación del servicio sea por una causa de fuerza mayor, ajena a la voluntad del proveedor.

 

El titular de la Profeco, Rogelio Cerda Pérez, instruyó al personal de delegaciones y oficinas centrales de la institución a recibir y atender todas las reclamaciones de consumidores que se han visto afectados por cobros indebidos en escuelas y colegios particulares que no han dado servicios por afectación o valoración de sus instalaciones.

 

En caso de detectar abusos en contra de los padres de familia se aplicará la ley, indicó, y llamó a los proveedores de servicios educativos a conducirse con apego a la legalidad y solidaridad.

 

Cerda Pérez destacó la Administración Federal de Servicios Educativos, de la Secretaría de Educación Pública (SEP) también puede recibir quejas o reclamaciones a través del “Buzón Escolar” en el teléfono 3601-8700 o directamente en sus oficinas ubicadas en la calle Parroquia número 1130, colonia Letrán Valle, en la Ciudad de México.

 

 

*edición impresa 24 Horas

 

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