Organizaciones de la sociedad civil en Coahuila dirigieron una carta al Instituto Nacional Electoral (INE) y al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en la que manifestaron su preocupación por los criterios laxos y poco exhaustivos de evaluación empleados por la Sala Superior del Tribunal Electoral en la sentencia que emitió el 5 de octubre sobre los gastos de propaganda en Facebook de la coalición “Por un Coahuila Seguro”, encabezada por Miguel Riquelme Solís.
Las organizaciones civiles expusieron que en la sentencia generó que el Instituto Nacional Electoral (INE) redujera el monto total de gastos de campaña del candidato a gobernador de Coahuila, Riquelme Solís, de 21.26 millones de pesos a 19.55 millones de pesos, lo cual reduce el monto de rebase de topes de gasto campaña de los 2.02 millones detectados por el INE, a 310 mil pesos, lo que equivale a sólo 1.6 % por encima del tope.
De esta forma, el porcentaje de rebase de los topes de campaña que previamente había establecido la Unidad Técnica de Fiscalización del INE en su dictamen original paso del 10.51% al 1.61%, y con ello, quedo eliminada la posibilidad de que se anulara la elección por la gubernatura de Coahuila con base a esta causal de nulidad, dado que la Ley establece un rebase mínimo del 5%, junto con una reducida diferencia entre el primero y segundo lugar, para poder anularla.
“Lamentamos que los magistrados no hayan interpretado, y en consecuencia, aplicado los principios de máxima publicidad de la información así como el principio de exhaustividad, de certeza y objetividad que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en sus artículos 6º y 41º respectivamente, ya que al no hacerlo, prácticamente avalaron de forma indirecta una reserva de información”, apuntaron en la carta.
Agregaron que la sociedad civil tiene derecho a cuestionar los argumentos que permitieron eliminar las erogaciones a la red social Facebook de entre los gastos de campaña de Riquelme y de cualquier otro candidato.
El texto íntegro de la carta es el siguiente: CARTA-INE-TEPJF_OSCCoahuila-1
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