La Consejería Jurídica y de Servicios Legales informó que el pago del impuesto predial establecido para 2017 es válido, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó la acción de inconstitucionalidad que promovió Morena.

 

Mencionó que de acuerdo con la Corte, se declararon infundados todos los planteamientos en los que se sustentó la demanda de invalidez del decreto por el cual se reformaron, adicionaron y derogaron disposiciones del Código Fiscal publicado en la Gaceta Oficial del 29 de diciembre de 2016.

 

Abundó que luego de los ajustes al pago del predial, Movimiento Regeneración Nacional (Morena) ofreció condonar lo respectivo a este impuesto en 2017, en caso de ganar las elecciones del próximo año.

 

Este día, la Suprema Corte determinó improcedente la demanda, porque las normas impugnadas respetan el principio de legalidad tributaria y establece con claridad el valor de construcción de los inmuebles que forman parte de la base del pago del impuesto predial.

 

Refirió que durante la sesión que resolvió la acción de inconstitucionalidad 7/2017, se afirmó que “contribuir al gasto público es una obligación, no un bien, que pertenece al ámbito patrimonial”.

 

Los ministros desestimaron lo alegado por Morena, respecto de que el cambio en el porcentaje de reducción para el establecimiento de la cuota, transgrede el principio de retroactividad de la ley. En su momento, la agrupación partidista argumentó que los contribuyentes no adquieren el derecho a tributar bajo las mismas condiciones de siempre.

 

En contraparte, la Corte consideró que la tarifa impugnada, prevista en el Artículo 130, fracción I del Código Fiscal, atiende el principio de proporcionalidad tributaria, toda vez que está ajustado conforme al factor inflacionario.

ot