Foto: Cuartoscuro La SCJN declaró constitucional que los cuerpos policíacos puedan llevar a cabo revisiones a personas y vehículos sin contar con mandamientos judiciales  

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional que los cuerpos policíacos puedan llevar a cabo revisiones a personas y vehículos sin contar con mandamientos judiciales.

 

El máximo tribunal desechó los argumentos de las acciones de inconstitucionalidad promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos (INAI), en las cuales cuestionaban la legalidad de los preceptos que permiten que los cuerpos policíacos lleven a cabo revisiones a personas y vehículos sin orden judicial.

 

En la sesión del pleno de este día, con ocho votos a favor y tres en contra, el pleno de la Corte aprobó el proyecto del ministro Javier Laynes.

 

Al continuar con el análisis de las acciones de inconstitucionalidad, los ministros declararon constitucionales los artículos 132, 147, 251, 266 y 268 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

 

Asimismo, también validaron la detención en flagrancia por delitos que requieran querella.

 

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