El Instituto Nacional Electoral (INE) no juzga ni finca responsabilidades a candidatos o actores políticos, ya que es acción exclusiva del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), como lo marca la ley, aclaró este organismo.
En ese sentido, el INE emitió una nota informativa con relación a diversas informaciones que han circulado en las últimas horas, vinculadas con la candidatura independiente de Jaime Rodríguez Calderón, por lo que precisó en qué consiste el Procedimiento Especial Sancionador que sí puede llevar a cabo este Instituto.
Explicó que dicho procedimiento se compone de dos etapas o fases centrales que es la Instrucción a cargo del INE, que corresponde a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral únicamente la investigación de los hechos denunciados.
También, el emplazamiento a las partes involucradas, la realización de una audiencia de pruebas y alegatos y la remisión del respectivo expediente al TEPJF.
Agregó que dicho órgano jurisdiccional es el competente para declarar la existencia o inexistencia de la violación denunciada, e imponer, en su caso, las sanciones que resulten procedentes.
“Por lo tanto, en este tipo de procedimientos, el INE no juzga, no finca responsabilidades ni impone sanción alguna, puesto que ello le corresponde, exclusivamente, al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación”, subrayó.
Ello, con fundamento en los artículos 470 a 477, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y 59 a 63, del Reglamento de Quejas y Denuncias del INE, puntualizó.
JMSJ