Foto: Cuartoscuro Hasta el momento, la Cofepris tiene 351 permisos para importación personal e individual de pacientes que requieren de productos con cannabis  

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) dio a conocer los lineamientos en materia de control sanitario de la cannabis y derivados de la misma, que incluye regulación para fines médicos y científicos.

El comisionado federal Julio Sánchez y Tépoz se refirió a los lineamientos de esta regulación que se encuentra disponible a través de la página de Cofepris, así como en sus redes sociales.

El documento, explicó el funcionario en conferencia de prensa, contiene disposiciones generales sobre el uso médico de la cannabis y sus derivados farmacológicos.

Asimismo, incluye criterios para comercializar, importar y exportar productos distintos a medicamentos que contengan derivados de la cannabis en concentraciones del uno por ciento o menor de THC (tetrahidrocannabinol).

“Hablamos de los productos industriales en general de los alimentos, bebidas alcohólicas o no alcohólicas, remedios herbolarios, y permisos de importación y exportación”, detalló.

Sánchez y Tépoz agregó que en los lineamientos se incluye la publicidad y promoción de los productos a base de la cannabis, además de las medidas de verificación, seguridad y sanciones que se podrían aplicar por no seguir o no cumplir con las normas aplicables en esta materia.

Agregó que la Copfepris, como organismo responsable de definir los lineamientos, busca con ellos proteger a la población de lo que consume.

De esa forma, anunció que realizarán foros de capacitación para cualquier interesado, sobre tarifas y el llenado de los formatos correspondientes en la obtención de permisos relacionados a los productos con o derivados de la cannabis.

Los interesados deberán presentar un documento ante la Cofepris, denominado consulta de clasificación del producto, en la que detalle las características, certificado de análisis para determinar que los ingredientes en efecto sean los que correspondan al producto y el porcentaje de THC declarado en la etiqueta.

Luego que de manera reciente fuera aprobada la jurisprudencia por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para el uso lúdico o recreativo de la mariguana, Sánchez y Tépoz dijo que no se otorgarán permisos en automático.

El comisionado federal aseguró que “todos los productos estarán revisados con los mejores estándares que ya aplica la Cofepris”.

El documento, que contiene 50 artículos, está ordenado con el primer proyecto de reglamento presentado en su segunda versión, el cual considera las sugerencias que realizó la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer).

Sostuvo que la Secretaría de Salud Federal, a través de la Cofepris, ha realizado las acciones necesarias para armonizar el marco normativo en materia de control sanitario de la cannabis y sus derivados.

El comisionado indicó que los lineamientos regulan lo relativo al uso médico, de investigación e industrial de la marihuana, cultivo, siembra y cosecha para esos fines.

Asimismo, explicó que no se puede otorgar autorizaciones para cultivos, siembra y cosecha para los casos de la industria del cosmético, suplementos alimenticios, alimentos o bebidas.

 


Hasta el momento, la Cofepris tiene 351 permisos para importación personal e individual de pacientes que requieren de productos con cannabis.

Además, ha otorgado 10 permisos a personas que tienen la facultad y posibilidad legal de sembrar, cosechar y cultivar la planta para fines lúdicos y recreativos en sus domicilios, con prohibición de venta hacia terceros.

Sánchez y Tépoz dijo que existen a la fecha 615 solicitudes para uso lúdico, las cuales se encuentran en diferentes procesos.

Finalmente, subrayó que se buscan acciones de prevención enfocadas a la protección de niñas, niños y adolescentes.

 

JMSJ