La prestación económica del aguinaldo deberá de entregarse a más tardar el 20 de diciembre y en caso de haber cumplido un año de trabajo, el monto mínimo tendrá que ser equivalente a 15 días de salario.
De ser así, para que los trabajadores calculen el monto que les corresponde, deberán conocer su salario diario, y dividir el sueldo mensual entre 30 días. Luego, el resultado se multiplicará por 15 . Finalmente ese sería el monto que cada persona deberá percibir de aguinaldo.
De acuerdo al Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, se establece que los trabajadores que no hayan cumplido el año en el puesto, deberán recibir la parte proporcional antes de dicha fecha, y este debe ser pagado por los empleadores en efectivo o por medio electrónicos.
En caso de no recibir el estímulo económico, los responsables pueden hacerse acreedores a una sanción de 50 a cinco mil veces el valor de las Unidades de Medida y Actualización que va desde los cuatro mil 30 hasta los 403 mil pesos.
Las personas que requieran una orientación en relación a este derecho, podrán comunicarse con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo para aclarar las dudas.
Redacción 24 Horas