Foto: Cuartoscuro La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto precisó que parte del material denunciado ya fue materia de pronunciamiento mediante acuerdo ACQyD-INE-7/2019, por lo que, al existir una manifestación previa de la Comisión respecto a esos hechos, se considera notoriamente improcedente  

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró infundada la adopción de medidas cautelares contra Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta, a quien se le denunció por presuntos actos anticipados de precampaña y campaña.

En sesión extraordinaria urgente, se determinó que las medidas cautelares solicitadas por Inés Parra Juárez contra Barbosa Huerta, debido a diversas manifestaciones realizadas en entrevistas de radio y televisión.

Además, porque posteriormente se difundieron a través de Internet, lo que, a juicio de la quejosa podrían significar actos anticipados de precampaña y campaña.

Con el voto unánime de las consejeras Claudia Zavala y Adriana Favela, así como del consejero Benito Nacif, la Comisión precisó que parte del material denunciado ya fue materia de pronunciamiento mediante acuerdo ACQyD-INE-7/2019, por lo que, al existir una manifestación previa de la Comisión respecto a esos hechos, se considera notoriamente improcedente.

Respecto al resto de las ligas de Internet, cuyo objeto no ha sido materia de análisis, la Comisión determinó improcedente la solicitud de medidas cautelares, ya que las diversas entrevistas fueron publicadas en fechas pasadas y para acceder a los diversos sitios de la web y consultarlos es necesario un acto de voluntad, además de un análisis preliminar al contenido.

Esas entrevistas derivan del ejercicio legítimo de la labor periodística, por lo que su restricción sería un acto desproporcionado al ejercicio de la libertad de expresión, señaló la comisión del INE.

 

JMSJ