Foto: Archivo 24 Horas La resolución tomada por la Suprema Corte tendrá efectos en todo el país, y no sólo en el caso resuelto este martes en la sesión del pleno del máximo tribunal de la nación  

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió una contradicción de tesis sobre los alcances de la paridad de género en la asignación de candidaturas, y también de los cargos de representación proporcional en los congresos locales.

La contradicción se dio por las diferentes interpretaciones que hizo el Tribual Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), la propia Corte, sobre el artículo 41 de la Constitución federal, respecto a la obligación de alternar por género el reparto de diputaciones plurinominales.

La mayoría de los ministros señalaron que, aunque las leyes electorales de algunos estados aún no hayan sido adecuadas a estos principios, la reforma federal en este tema debe ser aplicadas ya en todo el país.

“La paridad que en la reforma de 2014 sólo comprendió el congreso federal y congresos locales, ahora en esos órganos de representación popular se extenderá ayuntamientos y alcaldías, en cuanto se apruebe por la mayoría de las legislaturas y de la Ciudad de México. La aprobación que a la fecha ha sumado ya 17 entidades federativas todo lo cual denota un sentido de progresividad en garantizar la igualdad sustantiva al acceso a los espacios del poder público de las mujeres”, así lo explicó la ministra Yasmín Esquivel Mossa.

Por tratar de una contradicción de tesis, la resolución tomada por la Suprema Corte tendrá efectos en todo el país, y no sólo en el caso resuelto este martes en la sesión del pleno del máximo tribunal de la nación.

 

DAMG