El ex director de Petróleos Mexicanos (Pemex), Emilio Lozoya Austin, podría alcanzar una pena de cinco hasta 15 años de prisión si se le logra comprobar el delito de operación con recursos de procedencia ilícita, aseguró el penalista Enrique Díaz-Aranda.

 

El doctor en derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) explicó que la Fiscalía General de la República (FGR) también podría acusarlo de cohecho, “como hay datos que así lo pueden establecer”, o enriquecimiento ilícito.

 

Detalló que ante la estrategia jurídica que ha adoptado su abogado, lo más seguro es que de ser aprehendido, Lozoya Austin enfrente su proceso en prisión preventiva, pues ya hay un peligro demostrado de frustración de la acción de la justicia al no presentarse ante el juez cuando éste lo requirió.

 

“El abogado de Lozoya, al dejar de cumplir los requisitos que le impuso el juez para poder enfrentar su proceso penal en libertad, lo condenó a tener que esconderse para no ser detenido por un periodo de hasta 15 años, en cambio de haber cumplido con lo que el juez le había solicitado habría podido enfrentar su proceso penal en libertad y tenía una gran probabilidad de poder llegar a una sentencia absolutoria, todo eso gozando de libertad, llegar a su sentencia, ya cada quien podrá determinar si eso fue un buen consejo o una mala asesoría”, expuso.

 

Calificó como una “chicanada” “tan clara como se puede ver el cielo ya subiendo a la estratósfera”, la estrategia del abogado Javier Coello Trejo, defensor de Emilio Lozoya, al aconsejarle mantenerse oculto para no ser detenido.

 

Recordó que Coello Trejo representó a la dueña del Colegio Rebsamen, Mónica García Villegas, a quien habría aconsejado no entregarse hasta que se resolvieran los amparos de las órdenes de aprehensión en su contra, tal como está ocurriendo con el caso de Lozoya.

 

El también doctor en derecho penal por la Universidad Complutense de Madrid, España, consideró que la Fiscalía tendrá que ser muy clara al acreditar que Lozoya cometió el o los delitos que se le imputen.

 

“Tiene que esclarecerse el hecho y también se debe demostrar que Lozoya Austin cometió efectivamente los delitos de los cuales se le puede acusar, que hasta este momentos son operaciones con recursos de procedencia ilícita, del Artículo 400 bis del Código Penal Federal, por ahora”.

 

Sin embargo, expuso que mientras no se le localice, evidentemente no podrá ser detenido y esto solamente podría llegar a tener una consecuencia jurídica de libertad absoluta si prescribiera el delito, pero para ello tendría que pasar “escondido” 15 años, que es la pena máxima por este ilícito.

 

“No podrá evadir la acción de la justicia por ese delito porque hay datos suficientes como para establecer un hecho que la ley señala como delito y que es probable que lo haya cometido, ahora bien estos hechos también pueden ser valorados por el juez y puede determinar si efectivamente es una operación con recursos de procedencia ilícita y puede ser también un cohecho, como hay datos que así lo pueden establecer, o hay un enriquecimiento del ilícito”, recalcó.

 

Sin embargo, el jurista postdoctorado en el Instituto de Ciencias Penales de la Universidad de Münich, Alemania, afirma que en el caso de Lozoya Austin, como de cualquier otra persona acusada, se debe partir de la presunción de inocencia.

 

Enfatizó que se trata de un derecho humano previsto en el Artículo 20, en el inciso B de la Constitución y tratados internacionales firmados y ratificados por México.

 

“Lo que ocurre aquí es la presunción de inocencia entendida, porque nadie puede ser sancionado hasta que no se demuestre que es culpable, eso solamente se llega a tener una plena efectividad y aplicación hasta la sentencia”, dijo.

 

Hasta el momento, recalcó, existen todos los elementos necesarios para vincularlo y para que el juez dicte prisión preventiva, si es que se localiza en territorio nacional o en los 190 países con los que México tiene tratados de extradición.

 

“Es claro que está evadido, no se lo encuentra y mientras esto ocurra estará allí la orden, se le seguirá buscando, ya hay una alerta para que en 190 países con los que México tiene convenio se pueda buscar, localizar y detener, mientras no prescriba eso sigue vigente”.

 

El primer jurista mexicano en recibir la beca de la Fundación Alexander von Humboldt de Alemania, desde su fundación en 1860, indicó que desde que se aplicaba el sistema mixto existe una máxima:

 

“Se decía que de una buena averiguación previa está el éxito de una condena, hoy en día también, de una buena carpeta de investigación y de elementos sólidos que lleven a demostrar que cometió un hecho que la ley señala que lo cometió depende una buena condena”.

 

Sobre la duración del proceso, precisó que depende en qué momento se detenga a Lozoya, pero también en el medio legal se aplica la frase de que “realmente los procesos se sabe cuándo empiezan pero cuando terminan es una adivinanza”.

 

A su parecer, el caso da para un largo debate, pues después de la reforma energética en 2013 está cuestionada la naturaleza jurídica de quienes trabajan en Pemex es decir, si son o no servidores públicos.

gac