El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la controversia constitucional promovida por el Poder Ejecutivo de Baja California, reconociendo la validez de las modificaciones efectuadas por el Gobierno Federal a la norma oficial mexicana que establece los criterios para prevenir y atenderla violencia familiar, sexual y contra las mujeres.
El proyecto de resolución correspondió al ministro Pardo Rebolledo quien propuso declarar la invalidez de la norma impugnada, al considerar que, en el caso, no se observó el proceso de modificación previsto en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la cual estipula que en los casos en que se establezcan nuevos requisitos o procedimientos, o se incorporen especificaciones más estrictas en las normas oficiales mexicanas, deberá seguirse el procedimiento previsto para su elaboración.
El ministro ponente planteó que la modificación impugnada estableció nuevos requisitos, en la medida en que se autoriza a las víctimas de violación mayores de 12 años, solicitar el servicio de interrupción voluntaria del embarazo, siempre que manifiesten por escrito, bajo protesta de decir verdad, que dicho embarazo es producto de violación, con lo cual las instituciones de salud pública se ven obligadas a prestar ese servicio en los casos permitidos por ley, conforme a lo previsto en las disposiciones jurídicas de protección a los derechos de las víctimas.
En la discusión del asunto, la Ministra Esquivel Mossa, quien votó a favor de la validez de la norma impugnada, insistió que tales modificaciones obedecieron a la necesidad de ajustar, homologar y cumplir, en todos los casos, tanto con la Constitución Federal, como con los principios reconocidos en la Ley General de Víctimas, a fin de proteger la libertad, dignidad y salud de mujeres que han sufrido violación, sobre la base de la autonomía de su voluntad y en el marco del interés superior de la niñez.
En el desarrollo de la discusión, los ministros coincidieron en que los embarazos no deseados y, en particular, los debidos a una situación de fuerza y coacción, constituyen un problema de salud pública que afecta directamente a las mujeres, no sólo física sino también de manera psicológica, muchas de las cuales son niñas y adolescentes en situación de pobreza, marginación y/o violencia, de donde se desprende la necesidad de reconocer su autonomía en este tipo de situaciones.
gac