Aquellas empresas que hacían uso de facturas apócrifas por error o desconocimiento, podrán regularizar su situación fiscal hasta finales de 2019, comentó Carlos Romero Aranda, procurador fiscal de la Federación.
Señaló que estos contribuyentes tienen como plazo hasta antes del 1 de enero de 2020, cuando entrará en vigor la ley contra empresas fantasma y la facturación falsa.
Por el momento, “tenemos un plazo para que las propias empresas, que vendían o compraban facturas puedan regularizarse y quitarle los efectos fiscales a sus comprobantes para las contribuciones que corresponden y puedan estar dentro del marco de la ley”, expresó.
La emisión de facturas falsas representa una evasión fiscal superior a 500 mil millones de pesos, de ahí la necesidad de tipificar este delito como delincuencia organizada para los vendedores de facturas, apuntó.
“Si lo vemos en números, son (el equivalente a) dos aeropuertos de la Ciudad de México”, estimó durante su participación en el Primer Congreso Internacional de Compliance.
Comentó que el análisis de esa situación condujo a tener una respuesta “muy firme” contras esas empresas y, por tanto, fue propuesta una iniciativa para equiparar como delincuencia organizada ese ilícito para amparar operaciones fiscales inexistentes.
Esta ley fue publicada este viernes a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), luego de haber sido aprobada en el Congreso de la Unión desde el 15 de octubre pasado.
La reforma contempla una serie de reformas, adiciones y derogaciones a las Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de Seguridad Nacional, del Código Nacional de Procedimientos Penales, del Código Fiscal de la Federación y del Código Penal Federal.
La nueva ley contempla como delitos el contrabando, la defraudación fiscal y la expedición, venta, enajenación, compra o adquisición de los comprobantes fiscales falsos y, por tanto, ameritarán presión preventiva oficiosa.
En la publicación del DOF, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) indicó que la ley establece una sanción de dos a nueve años de prisión a quien por sí o por interpósita persona expida, enajene, compre o adquiera comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.
También serán sancionados con las mismas penas al que a sabiendas permita o publique, a través de cualquier medio, anuncios para la adquisición o enajenación, esos comprobantes fiscales ilegales.
Y cuando el delito sea cometido por un servidor público en ejercicio de sus funciones, éste será destituido del empleo e inhabilitado de uno a 10 años para desempeñar cargo o comisión públicos.
El procurador fiscal comentó que la discusión de ley generó muchos mitos sobre quién o quienes podrían ser acreedores a esas sanciones, pero será considerada delincuencia organizada cuando participen al menos tres contribuyentes en forma permanente y reiterada.
Respecto al monto de defraudación por los contribuyentes, indicó que éste debe estar por arriba de los nueve millones de pesos, con la actualización del Código Fiscal de la Federación, y entonces ameritará prevención oficiosa.
De manera que la defraudación fiscal será considerada cuando atente contra la seguridad nacional y no aplicará para quienes cumplan con sus obligaciones.
Romero Aranda afirmó que las autoridades fiscales realizan investigaciones dentro de los esquemas de outsourcing, porque han detectado la emisión de facturas falsas, defraudación fiscal y lavado de dinero de grupos criminales.
“Hemos encontrado outsourcing, pero con esquemas que no cumplen con sus obligaciones fiscales y son esquemas de lavado de dinero y defraudación fiscal, y esquemas donde se está lavando dinero de actividades ilícitas, llámese cárteles de narcotráfico”, indicó.
Al ser cuestionado sobre cuáles eran las empresas investigadas, evitó opinar porque “debemos guardar el secreto fiscal y el secreto de nuestras investigaciones”.
RYHP