La falta de pericia en la investigación para acreditar los feminicidios por parte de la Fiscalía General del estado de Puebla complica que se tenga un registro local de aquellos niños, niñas y adolescentes en orfandad por ese delito, pues no agregan esta información al integrar las carpetas de investigación, afirmó Margarita Castro Santamaría, asesora jurídica de la organización civil Cihuautla.

“El Estado se ha limitado a aclarar, hasta públicamente, cuál asunto sí es un feminicidio, cuál asunto no, y dentro de ese discurso político y el cuidar la imagen de seguridad del estado y de la incidencia delictiva, descuidan de una manera muy irresponsable a las niñas, niños y adolescentes víctimas indirectas como huérfanos de feminicidio”, señaló la activista cuya agrupación se ha dedicado a dar acompañamiento legal a algunas de las víctimas.

Entre un cúmulo de notas en la sección policiaca de los últimos seis años es posible contabilizar una cifra aproximada de los huérfanos por esta situación, 31 son mujeres, 49 hombres y de 46 no se conoce su sexo, 41 de ellos vieron cómo mataron a su madre, 33 tenían menos de cinco años de edad cuando ocurrió el asesinato.

Y en 41 casos, no sólo mataron a su mamá, sino que el asesino fue su padre, quien terminó por huir, se encuentra preso o decidió suicidarse.

Sólo en cuatro casos, los hijos de las mujeres asesinadas eran mayores de edad (18, 20, 24, 25 años), sin embargo, tenían hermanos más pequeños que quedaron vulnerables.

Por cada 10 muertes de las que se tuvo conocimiento de quiénes eran, dos eran madres de al menos un menor de edad que quedó en la orfandad y en el desamparo, porque no se supo pasó con él, dónde está y con quién.

Según el Protocolo de Investigación de Feminicidio para Puebla, entre los datos a recabar se encuentran los perfiles genéticos del ADN de sus familiares, ascendentes y descendentes de la víctima, lo que significa que sí habría datos de los menores en orfandad de recolectarse esta información.

Sin embargo, para la especialista esa base de datos no se lleva a cabo porque estas víctimas indirectas sólo son visibles cuando por iniciativa de un abogado u otro familiar se acerca al Ministerio Público para indicarles que la mujer asesinada tenía hijos.

“Ante este descuido del ministerio público de no integrarlos en las carpetas de investigación, son víctimas que difícilmente van a acceder a una reparación del daño conforme a derecho.

“Si no son integradas y se sentencia el asunto, únicamente declarando la existencia del delito, quién lo cometió, la responsabilidad y la sanción, y no se hace especial mención respecto a quiénes tienen que ser reparados y de qué manera, entonces se les vulnera sus derechos humanos y obviamente los derechos de la infancia, que están protegidos por convenciones internacionales”, concluyó.

Infografía: Xavier Rodríguez

LEG