Foto: Cuartoscuro Héctor de la Torre dijo que el plazo de resolución no está garantizado porque se puede prolongar por cuestión de vacaciones, días inhábiles, falta de personal u otras cuestiones  

Especialistas en contabilidad advirtieron que la cancelación del certificado de sellos digitales y la falta de claridad en las disposiciones fiscales dificultarán la operación de las empresas mexicanas.

 

Roberto Colín Mosqueda, integrante de la Comisión Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM), manifestó su preocupación porque el periodo de 10 días es “insuficiente” para presentar las pruebas o desvirtuar los hechos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

 

“La nueva disposición fiscal detiene totalmente la operación (de las personas morales o físicas) porque al no poder facturar, evidentemente, no puede cobrar y mucho menos pagar nómina o a proveedores”, manifestó en entrevista con Notimex.

 

La Miscelánea fiscal 2020 establece que las autoridades podrán restringir temporalmente el uso de certificados de sellos digitales, un documento electrónico que expide el SAT para firmar las facturas electrónicas y de esta manera evitar la manipulación de la información contenida en él.

 

La suspensión podrá hacerse en caso de estar en las “listas negras” de empresas fantasma, cuando los ingresos declarados e impuestos retenidos no concuerden con los señalados en comprobantes o si el domicilio fiscal no cumple con los requisitos del artículo 10 del Código Fiscal de la Federación (CFF).

 

Incluso porque los datos de contacto en el buzón tributario no son correctos, cuando no se desvirtúe la presunción de transmitir indebidamente pérdidas fiscales o por delitos como los descritos en los artículos 79, 81 y 83 del CFF.

 

Para Alejandro Ponce Rivera, socio de la firma Defensa Fiscal Grupo Jurídico, el contribuyente deberá presentar una solicitud de aclaración con las pruebas pertinentes o desvirtuar los hechos para restablecer el uso de dicho certificado.

 

Las nuevas medidas obligan a los contribuyentes a “ser más puntuales” y tener más cuidado en las declaraciones de impuestos, “pues al menor incumplimiento podrán tener esta consecuencia” porque este año habrá una fiscalización inmediata, manifestó.

 

Para Héctor de la Torre, integrante de la Comisión Asesora Fiscal de la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo (Canaco) de la Ciudad de México, el plazo de resolución no está garantizado porque se puede prolongar por cuestión de vacaciones, días inhábiles, falta de personal u otras cuestiones.

 

“Entonces, el contribuyente está una total indefensión de no poder hacer nada, incluso podría interponer un medio legal de defensa, pero esto también implica varios días para la reactivación del sello digital”, expresó.

 

RYHP