La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha advertido que, en tanto no se encuentre una vacuna, el nuevo coronavirus podría quedarse para siempre y convertirse en una enfermedad con la que la humanidad tendrá que aprender a convivir.

 

La declaración del máximo órgano de la salud implica que, ante la falta de un medicamento para contrarrestar los efectos del coronavirus, la población mundial tendrá que modificar de manera sustancial hábitos, conductas y formas de socialización. Este proceso de adaptación que impone el Covid-19 tiene que ver también con el duelo de las familias ante la pérdida de uno de sus integrantes que padezca de contagio y que lamentablemente pierda la vida.

 

Desafortunadamente, en las últimas semanas hemos tenido que convivir con la realidad de una pandemia que nos está devastando a nivel sanitario, económico, social y político.  Secuelas que perdurarán en el tiempo y a las que hay que agregar también las emocionales.

 

En la Ley Federal del Trabajo vigente no existe ninguna obligación patronal para otorgar permiso o licencia por defunción o fallecimiento, cuando las y los trabajadores tienen alguna pérdida familiar. Hasta ahora esta medida es discrecional o a criterio de los empleadores, que en algunos casos lo toman a cuenta de vacaciones o en otros los conceden pero son descontados de nómina. El caso extremo es cuando se toman los días por parte del trabajador, lo que provoca el despido, con lo cual se violentan sus derechos.

 

La pérdida de un familiar ocasiona un trance difícil de superar. Es por eso que presentaré una iniciativa que reforme y adicione el artículo 132 de la ley laboral, para que se conceda a las y los trabajadores mexicanos la oportunidad y el derecho, como un acto humanitario, de contar con cinco días para vivir su duelo ante el fallecimiento de un familiar.

 

Esta licencia permitiría que cualquier persona pueda ausentarse de su trabajo para estar cerca de sus seres queridos y mitigar en algo el dolor que causa una muerte cercana. Esto significa que la licencia se podría solicitar cuando se trate de padres, hijos, cónyuges, hermanos, abuelos o nietos.

 

La terrible actualidad de la pandemia nos ha obligado, día tras día, a escuchar el terrible recuento de fallecidos como si esta enumeración fuera tan solo eso, una fría sucesión de números, un listado administrativamente anónimo de vidas truncadas y sepultadas, que en buena parte de ellos no tienen la oportunidad de contar con el consuelo y la despedida de sus familiares.

 

Anteriormente se presentaron propuestas similares, pero lamentablemente no encontraron el eco y respaldo necesario para hacerlo derecho vigente. El contexto nacional actual por la pandemia, obliga a tomar medidas que reivindican un derecho que atienden el momento coyuntural pero que, además, forma parte de las asignaturas pendientes en materia de derechos labores. Confió que mis compañeros diputados respalden y aprueben la reforma, como un acto humanitario en beneficio de las y los trabajadores mexicanos.