A partir de este martes 24 de noviembre, entra en vigor una reforma en la Ciudad de México, en el que si una mujer es agredida en casa por su pareja, éste tendrá que dejar el inmueble, se hará responsable de pagos de los servicios y no podrá vender la vivienda.
Como parte de las diversas reformas que se hicieron a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la CDMX, en el Artículo 63, fracción III quedaron estipuladas algunas medidas u órdenes de protección en materia penal y que se consideran intransferibles.
“La desocupación inmediata por parte del agresor, del domicilio de la víctima, independientemente de la acreditación de propiedad o posesión del inmueble, aún en los casos de arrendamiento del mismo, del matrimonio en sociedad conyugal o de separación de bienes, y en su caso, el reingreso de la mujer en situación de violencia una vez que se resguarde su seguridad.
“Se debe garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales del agresor con respecto a la propiedad o posesión que previamente existían o los apoyos que brindaba para ello”, dice el apartado.
Estas modificaciones fueron aprobadas por el Congreso Local y la Jefatura de Gobierno tendrá un plazo máximo de 120 días hábiles para realizar las reformas reglamentarias necesarias para la aplicación del presente decreto.
EAM