Yasmín Esquivel Mossa, ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) pide privilegiar el interés superior de la niñez en el análisis de la acción de inconstitucional contra disposiciones del Código Civil de Tabasco en materia de reproducción asistida (TRA).
Lo anterior, luego de que el pleno de la SCJN continuará la discusión sobre la acción presentada por la entonces Procuraduría General de la República (PGR) contra el mencionado código; durante la sesión los ministros declararon inconstitucional el artículo 380 Bis 3 del Código Civil de la entidad, que limitaba a las madres gestantes sustitutas – al demandar la maternidad del producto – reclamar la custodia “únicamente cuando se acredite la muerte de la madre o padre contratantes”; colocando a las mujeres gestantes en un grado de prelación inferior respecto de otras personas que pudieran asumir la custodia del hijo nacido bajo esta técnica de reproducción.
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Esquivel Mossa precisó que la norma es inconstitucional al no tomar en cuenta el interés superior de la niñez, principio que obliga a que las decisiones de los jueces valoren lo qué resulté más favorable al desarrollo del menor.
Además, el Pleno declaró inconstitucional el artículo 380 bis 3, párrafos cuarto y sexto del referido Código, al vulnerar los derechos reproductivos de la mujer gestante, el derecho al libre desarrollo de la personalidad, y por resultar discriminatorios con motivo de la orientación sexual y el estado civil.
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Esto, por exigir, por una parte, el conocimiento de su cónyuge o concubino, así como que el contrato de gestación sea firmado por dicho cónyuge o concubino, y por otra, al delimitar el aceso a las TRA únicamente a parejas constituidas por un hombre y una mujer.
LV