Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia de la Sala Regional Especializada, en la cual determinó que el discurso emitido el pasado 30 de marzo en el evento Primeros 100 días del Tercer año de Gobierno por el presidente Andrés Manuel López Obrador, sí constituyó propaganda gubernamental personalizada en periodo prohibido.
Lo anterior, respecto de las entidades que para esa fecha ya se encontraban en la etapa de campañas electorales, es decir Campeche, Colima, Guerrero, Nuevo León, San Luis Potosí y Sonora. Además, se confirmó la indebida utilización de recursos públicos por 185 mil 515 pesos.
En sesión pública no presencial, bajo el formato de videoconferencia, la Sala Superior exhortó además al coordinador de Comunicación Social del Gobierno Federal a ser escrupuloso al participar en la transmisión mensajes que pueden ser difundidos por los medios de comunicación, ya que corre el riesgo de incurrir en una infracción a la prohibición constitucional.
En el futuro, Jesús Ramírez Cuevas, debe tomar las previsiones necesarias para que el mensaje para el cual convoque, dirija o transmita a los medios de comunicación no sea difundido en las demarcaciones con proceso electoral.
El discurso del jefe del Ejecutivo en el evento “Primeros 100 días del Tercer año de Gobierno”, en Palacio Nacional fue impugnado por el PRD el 26 de marzo, al considerar que representó promoción personalizada; uso indebido de recursos públicos; difusión de propaganda gubernamental en periodo de campañas y vulneración a las reglas para la presentación de informe de labores. La Sala Regional Especializada emitió una primera resolución el 6 de mayo en la que consideró inexistentes dichas infracciones.
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CT