La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional un artículo de la Ley General del Control del Tabaco que prohíbe la venta de cigarros electrónicos en el país.
“De acuerdo con el Tribunal Pleno, el artículo (…) establece una prohibición absoluta y categórica que vulnera la libertad de comercio”, informó la Suprema Corte en un comunicado.
El máximo tribunal aclaró que no se pronunció a favor de permitir la comercialización de cigarros electrónicos, sino que únicamente decidió sobre la constitucionalidad de la prohibición absoluta del producto.
Ante la decisión, quienes estén interesados en importarlos y venderlos en México deberán tramitar amparos ante los tribunales.
El Gobierno de México prohibió por decreto la importación de estos productos en febrero del año pasado. Para justificar la decisión expuso que por esa fecha en Estados Unidos había dos mil 758 personas con enfermedad pulmonar grave.
En ese momento advirtió también que el uso de cigarros electrónicos genera inflamación de las vías respiratorias, baja oxigenación en la sangre e incluso falla respiratoria.
Según las autoridades mexicanas, en el país mueren unas 51.000 personas al año por enfermedades atribuibles al consumo de tabaco
LEG