Senado concreta reforma en transparencia de precios en servicios médicos 
 

Por unanimidad de 85 votos a favor, el Pleno del Senado de la República concretó la reforma para garantizar mayor transparencia e información al paciente con respecto a los precios y servicios médicos que adquiere. 

Es decir, se privilegia el derecho de los usuarios a conocer por anticipado el precio de los servicios que serán otorgados. 

Para ello, se reformaron diversas disposiciones de la Ley General de Salud a fin de que los prestadores de servicios de salud de carácter público y privado, incluyendo el servicio personal independiente y los servicios auxiliares de diagnóstico, deberán publicar los precios de sus servicios vigentes en el punto de ingreso del paciente y, en su caso, en los medios informativos. 

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Se exige otorgar a los pacientes toda la información necesaria para una mejor toma de decisiones con respecto a su salud, no sólo con respecto de la información sobre la eficacia y riesgo de los tratamientos, sino de los procedimientos en específico que conlleva cada tratamiento, monto aproximado sobre los precios y la existencia de terapias sustitutas. 

Con respecto a la atención médica, los prestadores de servicios de salud podrán apoyarse en las Guías de Práctica Clínica y protocolos que deberán actualizarse de manera permanente, así como en las Tecnologías de Información y Comunicación. 

El proyecto de decreto pretende fortalecer los derechos del paciente a través de la práctica médica basada en evidencia científica y la atención antes, durante y después de ingresar a un hospital. 

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Se establece que el Sistema Nacional de Salud contará con un sistema de indicadores de calidad; puntualiza que los prestadores de servicios de salud se podrán apoyar además en los protocolos que deberán actualizarse de manera permanente, y en las Tecnologías de Información y Comunicación. 

La iniciativa determina que los servicios médicos de salud y servicios auxiliares de diagnóstico privados se otorgarán de forma tal, que el paciente reciba la mejor alternativa para la atención y recuperación de su salud. 

Además, establece la obligación de los prestadores de servicios de salud de carácter público y privado, incluyendo el servicio personal independiente y los servicios auxiliares de diagnóstico de publicar los precios de sus servicios vigentes en el punto de ingreso del paciente.

OH