La Suprema Corte de Justicia de la Nación revisará si los jueces pueden sustituir la prisión preventiva, por otras medidas para que un procesado pueda enfrentar su juicio en libertad.

 

La primera sala de la corte revisará un amparo que promovieron dos personas, a quienes se les negó la sustitución de la prisión preventiva por otra medida cautelar, a fin de que queden a disposición del juez correspondiente pero que gocen de su libertad personal durante el tiempo que dure el proceso.

 

De acuerdo a los quejosos, las leyes internacionales sobre la libertad personal indican que la misma no puede recibir en fines preventivos generales o especiales atribuibles a la pena, pues sólo se pueden fundar en un fin legítimo, como lo es asegurar que el acusado no eludirá la acción de la justicia ni impedirá el desarrollo del procedimiento.

 

En esta caso la Procuraduría General de la Republica (PGR) inició una averiguación previa contra las dos personas por los delitos de delincuencia organizada y contra la salud, y solicitó su aprehensión al juez, quien libró las respectivas ordenes en su contra.

 

Luego de esto el juzgador ordenó que los presuntos delincuentes se ingresaran a un penal, por lo que interpusieron recursos de amparo en contra de la prisión preventiva, lo que les fue negado.

 

Los procesados buscaban que se les concediera otra medida cautelar diferente a la prisión preventiva, para enfrentar su juicio en libertad.

 

La primera sala determinará si es constitucional conceder a los procesados este beneficio y tomarán en cuenta los argumentos de los quejosos que invocaron preceptos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

 

Señalaron que el organismo internacional señala que la restricción en el derecho a la libertad personal sólo se puede fundamentar, entre otros supuestos, como el de asegurar que el acusado no impedirá el desarrollo del procedimiento ni eludirá la acción de la justicia.

 

La corte consideró que el asunto reúne los principios de los requisitos de interés y trascendencia y definirá si es válido que los jueces sustituyan la prisión preventiva por otra medida, durante el desarrollo del proceso penal.(Notimex)