Carta Porte
Foto: | Cuartoscuro El plazo para la emisión de la factura electrónica con complemento Carta Porte, vencía el próximo 31 de marzo.  

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) extendió hasta el 30 de septiembre el periodo de transición para la emisión de la factura electrónica con complemento Carta Porte en el traslado de bienes y mercancías. El plazo vencía el próximo 31 de marzo.

De acuerdo con la autoridad tributaria, la prórroga para la implementación de la facturación electrónica con el complemento Carta Porte sin que haya sanciones, se da en función de “un gradual proceso de incorporación por parte de algunos usuarios”.

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El SAT refirió que, hasta el momento, ya hay más de 57 mil contribuyentes que emiten sus facturas electrónicas con el complemento Carta Porte, el cual consiste en la digitalización de la información relacionada con el traslado de bienes y mercancías en territorio nacional.

Como parte de los cambios fiscales que entrarían en vigor a partir del primer día de 2022 –y cuya implementación se ha ido aplazando en razón de la transición–, se estableció que el complemento Carta Porte será en formato digital, con el objetivo de disminuir el contrabando de mercancías el territorio mexicano.

La Carta Porte es un documento que registra información del transportista, del dueño de la mercancía, así como de los bienes, del medio y modo de transporte; además, permite a las autoridades competentes identificar de manera más fácil a los operadores, así como los medios de transporte a través de los cuales se realiza el traslado de los bienes o mercancías en el país.

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El documento sirve para acreditar la legal estancia, o bien, la tenencia de los bienes o mercancías que se trasladan a lo largo del territorio nacional; y es emitido cuando se realiza el servicio de transporte, ya sea con medios propios o contratando a un transportista.

LEO