La entidad antimonopolios del país investiga posibles prácticas anticompetitivas en mercados del maíz, insumo básico en la dieta de los mexicanos.
La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) busca la probable existencia de barreras a la competencia e insumos esenciales en los mercados de distribución y comercialización del alimento, así como de la producción, distribución y comercialización de harina de maíz y servicios relacionados.
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En el extracto del acuerdo de inicio de la indagatoria, publicado en el Diario Oficial de la Federación, se indica el hallazgo de elementos que dan indicios de la inexistencia de condiciones de competencia efectiva en esos mercados, sin embargo, el regulador aclaró que el inicio de la investigación no implica prejuzgamiento.
Para el desarrollo de la indagatoria, la Autoridad Investigadora de la Cofece tiene un periodo de entre 30 y 120 días hábiles, contados a partir de la publicación del extracto, y puede ser ampliado hasta por dos ocasiones.
La comisión recordó que de acuerdo con la Ley Federal de Competencia Económica, se consideran barreras a la competencia y libre concurrencia, cualquier característica estructural del mercado, así como cualquier hecho o acto de agentes económicos que tengan por fin impedir el acceso de competidores, limitar su capacidad para competir y/o distorsionen el proceso de competencia.
Por otro lado, un insumo esencial es un elemento indispensable para la producción o prestación de bienes y servicios tiene la característica de ser insustituible y, en ocasiones, la forma en que se obtienen puede crear efectos anticompetitivos e ineficiencias en los mercados.
Cofece resaltó que esta investigación es importante debido a que el maíz y la harina de maíz son insumos necesarios para la producción de tortilla, incluida en la canasta básica por su alto consumo.
En México el 98.6% de la población consume tortilla, y en algunas ciudades, el consumo anual por persona es de 56.7 kilos, mientras que en comunidades rurales es de 79.5 kilos, expuso con base en datos de Profeco y el Coneval.
De hallarse elementos suficientes para determinar la existencia de barreras, la Cofece puede ordenar al agente económico su eliminación, y en caso de que no se acate la orden se puede imponer una sanción de hasta el 10% de los ingresos del agente económico obligado.
También puede ordenar la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones del agente económico involucrado, en las proporciones necesarias, a fin de eliminar los efectos anticompetitivos, siempre y cuando otras medidas correctivas no sean suficientes para solucionar el problema identificado.
Entre sus atribuciones también está la determinación de la existencia de insumos esenciales y, en su caso, la emisión de lineamientos para su regulación.
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