Matrimonio Infantil
Foto: Especial / De acuerdo con la organizaciones, en México una de cada 100 niñas entre los 12 y 14 años son obligadas a casarse  

Ha pasado más de un mes desde que el Senado de la República aprobó incrementar las penas por matrimonios forzados que involucren a menores así como su venta o trueque y hasta ayer domingo, el Ejecutivo federal no la ha publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), por lo que las nuevas sanciones no pueden ser aplicadas.

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A pesar de que desde 2019 el matrimonio infantil en México está prohibido, en algunas comunidades del país, esta práctica se mantienen bajo el amparo de los “usos y costumbres”, por ello, el pasado 16 de marzo, el Senado aprobó castigar hasta con 22 años de cárcel el matrimonio infantil.

Además, estas denuncias no podrán prescribir y las penas de prisión se elevan al doble, para quienes obliguen a casarse a niños indígenas y afromexicanos.

“En mi estado de Guerrero los usos y costumbres son como el paraguas para poder vender una niña o casarla.

Estamos equiparando estas conductas con trata de personas, porque los usos y costumbres pueden llevar a la cárcel a quien venda una una niña, porque la trata de personas utiliza este tipo de puertas para llevarse a las niñas y luego prostituirlas”, denunció el coordinador de los senadores del PRI, Manuel Añorve.

De acuerdo con la organización Save The Children, en México, una de cada 100 niñas entre los 12 y 14 años son obligadas a casarse.

En tanto, alrededor de 10.5 millones de mujeres se casaron y 7.9 millones tuvieron su primer hijo antes de los 18 años, de acuerdo con un informe de 2021 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).

El Instituto también estima que 326 mil mujeres mexicanas fueron “robadas” para casarse y 193 mil se casaron a cambio de dinero, propiedades o regalos a sus padres.

De esa manera, la reforma al Código Penal, que aún no ha sido promulgada y por lo tanto no puede aplicarse, especifica que quien cometa este delito podrá alcanzar hasta 22 años y seis meses de prisión, cuando tenga como agravante que los menores sean afrodescendientes o indígenas.

Con la medida se busca inhibir la venta de menores en las comunidades al amparo de “los usos y costumbres”.

La reforma señala que se castigará a “quien obligue, coaccione, induzca, solicite, gestione u oferte a una o varias de estas personas a unirse informal o consuetudinariamente, con o sin su consentimiento, con alguien de su misma condición o con persona mayor de dieciocho años de edad, con el fin de convivir en forma constante y equiparable a la de un matrimonio”.

El presidente Andrés Manuel López Obrador ha sido recurrente en señalar que la venta de menores en comunidades que se rigen por los usos y costumbres son “la excepción y no la regla”. Y se ha negado a abordar el tema de manera frontal, porque asegura que en esos lugares se rigen por el bien, “el amor al prójimo y al respeto”.

El Consejo Nacional de Población (Conapo) ha señalado que el matrimonio infantil viola los derechos de niñas, niños y adolescentes y “puede acarrear trabajos forzados, prostitución y violencia contra los infantes, así como, embarazos prematuros, mayor riesgo de contraer infecciones de transmisión sexual, entre otras”.

LEY SIN AVANCE

La iniciativa fue aprobada por el Senado sin que hasta el momento haya promulgación para su entrada en vigor. Estos son algunos de sus puntos.

-Comete delito de cohabitación forzada de personas menores quien obligue, coaccione u oferte a una o varias de estas personas a unirse con o sin su consentimiento, con otra persona mayor en forma equiparable a la de un matrimonio.

-La pena será de ocho a quince años de prisión y de mil a dos mil quinientos días multa, con agravante cuando los menores sean afrodescendientes o indígenas

 

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