El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó siete sentencias del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) en las que se deslinda de responsabilidad directa a la candidata por la gubernatura de esta entidad, Alejandra Del Moral.
El Tribunal mexiquense, en acato al artículo 244 del Código Electoral Local, determinó que el retiro tardío de propaganda electoral en municipios de la entidad es responsabilidad del Partido Revolucionario Institucional (PRI), el sujeto obligado en este caso.
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Así lo expuso la magistrada Janine Otálora, quien además detalló que “no existen elementos para suponer que conocían de la indebida colocación de la propaganda”, durante la sesión pública de la Sala Superior del TEPJF, este miércoles.
Se mostraron en desacuerdo con lo anterior el Magistrado Presidente, Reyes Rodríguez Mondragón, y el magistrado José Luis Vargas, que expusieron que los lineamientos locales sobre propaganda sí estipulan que las y los precandidatos son sujetos obligados en esta materia, además de que resultan beneficiados por esta propaganda indebida.
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No obstante, concordaron con Otálora los magistrados Alfredo Fuentes y Felipe de la Mata, por lo que la sentencia que exime de responsabilidad a la ahora candidata por el Estado de México, Alejandra Del Moral, fue ratificada por el pleno, con tres votos a favor y dos en contra.