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“Morir sin miedo, sin dolor y sin sufrimiento”. 

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Ese es el significado que le da la asociación civil Por el Derecho a Morir Con Dignidad (DMD México) a la voluntad anticipada.

Es el derecho de las personas, independientemente de su estado de salud, a decidir qué tratamiento o no recibir en caso de enfermedad terminal o de ya no tener la capacidad de decidir sobre sí misma.

Héctor Nebot, maestro en bioética y derecho por la Universidad de Barcelona, y abogado en la asociación, explica que en la voluntad anticipada se deja de suministrar “n” tratamiento que prolongue la agonía por algún tipo de enfermedad terminal, y se deja que ésta siga su curso hasta el final. 

En ese lapso, a los pacientes se les suministran cuidados paliativos que aminoren su dolor.

La diferencia entre voluntad anticipada y eutanasia

Si bien los dos actos persiguen el morir con dignidad, la voluntad anticipada se basa en la decisión única, individual y propia de que la enfermedad culmine en la muerte.

Mientras que en la eutanasia o muerte asistida es la acción médica a través de la aplicación de una inyección o la suspensión de cuidados básicos, lo que adelanta el fallecimiento.

En México la eutanasia está prohibida, y a saber de especialistas en derecho, lejos de que se legisle al respecto y se obtenga un consenso. 

¿Hay una ley sobre la voluntad anticipada?

“La voluntad anticipada debería enseñarse desde los niveles básicos de educación”, considera Héctor Nebot.

Lo anterior para que niños, niñas y adolescentes conozcan que tienen derecho a esa posibilidad en cualquier etapa de sus vidas y sin detrimento de sus creencias, convicciones o formas de pensar.

Hasta 2022 la Ley de voluntad anticipada era conocida por 23.9 por ciento de la población adulta, de acuerdo con la Segunda Encuesta Nacional de Opinión sobre el Derecho a Morir con Dignidad

Un incremento de 4.8 por ciento en comparación con 2016, cuando sólo 19.1 por ciento de los mexicanos había escuchado hablar de ella.

Al desconocimiento de este derecho se suma la falta de capacitación del personal médico para que cuando se dé al paciente la posibilidad de efectuar una voluntad anticipada, éste no la considere como sentencia de muerte.

Esta legislación está vigente en 14 entidades del país, incluidas Estado de México y Ciudad de México, aunque en “las últimas modificaciones de la Ley de Salud de la capital se abrogó la Ley de Voluntad Anticipada, complicando aún más su materialización para los capitalinos”, agrega Nebot.

El especialista destaca que  independientemente de lo dicho sobre Voluntad Anticipada en cada estado de la República, existe la Ley General de Salud que señala en su Artículo 166 Bis 4:

“Toda persona mayor de edad, en pleno uso de sus facultades mentales, puede expresar su voluntad por escrito ante dos testigos, de recibir o no cualquier tratamiento, en caso de que llegase a padecer una enfermedad y estar en situación terminal y no le sea posible manifestar dicha voluntad”.

Además es importante recalcar que la voluntad puede manifestarse ante un notario y revocarse si el paciente cambia de opinión.

¿Un paso más cerca de la eutanasia?

A pesar de que a nivel nacional, siete de cada 10 mexicanos se dicen a favor de la eutanasia en pacientes desahuciados, Nebot considera que estamos lejos de llegar a un consenso:

“Primero porque los diputados y senadores prefieren no tocar el tema ya que podría ser un poco impopular.

Segundo los recursos en los hospitales públicos son muy limitados. Esto (la legalización de la eutanasia) implicaría tener una dotación de medicamentos novedosos y sería un gasto al Estado” así lo indicó Nabot”.

El estudio sobre Voluntad Anticipada realizado por la asociación DMD, México se basó en cuatro mil 101 entrevistas completas, revela que 73% (dos mil 993) de los encuestados  están a favor de cambiar las leyes para que personas enfermas puedan recibir ayuda para terminar con su vida si así lo deciden.

“Por eso la asociación está muy enfocada en tratar de encontrar esos mecanismos para mejorar el proceso de vida a través de cuidados paliativos que sean accesibles para toda la población, que haya los elementos necesarios, insumos y personal capacitado”.

Para firmar la voluntad anticipada no es necesario estar enfermo o sufrir un accidente. “Cualquier persona mayor de edad puede hacerlo, acreditando su identidad, eligiendo a sus representantes y expresando su voluntad”, menciona el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores.

Hasta el momento las entidades que cuentan con una reglamentación sobre voluntad anticipada son: Ciudad de México -aunque en “las últimas modificaciones de la Ley de Salud de la CDMX ésta se abrogó-, Coahuila, Aguascalientes, San Luis Potosí, Michoacán, Hidalgo, Guanajuato, Guerrero, Nayarit, Estado de México, Colima, Oaxaca, Yucatán y Tlaxcala. 

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Mientras que la eutanasia es una práctica legal en España, Países Bajos, Bélgica, Luxemburgo, Canadá, Nueva Zelanda y Colombia.

 

 

RM