La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la totalidad de Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Materia de Contratación de Publicidad por violaciones al proceso legislativo.
Dicha norma entró en vigor en junio de 2021 y tenía el objetivo de regular la contratación de propaganda mediante terceros, por lo que consideraba sanciones para las agencias de publicidad que revendieran espacios en medios de comunicación y los obligaba a facturar directamente con el anunciante, sin intermediarios.
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) y la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) promovieron controversias constitucionales contra dicha legislación, que ayer fue anulada en su totalidad por la Corte, con el voto en contra de los ministros Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz y Arturo Zaldívar.
La sentencia, elaborada por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, indica que esa legislación se invalida por “violaciones al procedimiento legislativo, específicamente al principio de deliberación informada y democrática, así como a los derechos que asisten a las minorías parlamentarias”.
El procedimiento legislativo no respetó el derecho a la participación de todas las fuerzas políticas con representación parlamentaria en condiciones de libertad e igualdad, ya que no se permitió, tanto a las mayorías como a las minorías parlamentarias, expresar y defender su opinión en un contexto de deliberación pública.
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