El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la Secretaría de Salud debe entregar la información del número de dosis de vacunas contra el virus SARS-COV-2 que hayan caducado antes de ser administradas, junto con los datos del lote y la empresa farmacéutica.
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Los ministros determinaron que es infundado el recurso de revisión en materia de seguridad nacional, promovido por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, en contra de la resolución del 29 de junio de 2022, emitida por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
La Corte confirmó la resolución del INAI debido a que no se advierte que la divulgación de esa información pueda comprometer la seguridad nacional, obstaculizando el combate a la epidemia del virus SARS-CoV-2 ni generar un incumplimiento de las condiciones confidenciales del contrato y tampoco que su divulgación permita a los grupos de delincuencia organizada conocer la ubicación y destino que se le da a las vacunas no empleadas.
Aunado a ello, el Pleno destacó que las autoridades federales, a través de diversos medios, han dado a conocer información relacionada con los lotes de producción de las vacunas aplicadas, la cantidad de dosis fabricadas y las empresas farmacéuticas responsables del suministro, como se observa en la página de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
En otra resolución, la Suprema Corte determinó que la información sobre la cantidad de vacunas contra el virus SARS-COV-2 adquiridas o compradas, con la especificación del proveedor, no genera un incumplimiento a las condiciones confidenciales del contrato y, por tanto, no compromete la seguridad nacional ni obstaculiza el combate a la epidemia del virus SARS-CoV-2.
Además, el Pleno precisó que se trata de datos que en ningún momento se han mantenido reservados, como se observa en la página de la Secretaría de Relaciones Exteriores, donde la información ha sido tratada de manera abierta.
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A su vez, la Corte modificó la resolución del INAI, al considerar que lo relativo al importe económico que representó la donación de antígenos a otros países es información que constituye un riesgo para la seguridad nacional del país, pues se encuentra estrechamente relacionada con el costo de las vacunas, concepto que, además de estar vinculado con las condiciones esenciales de contratación, fue pactado como confidencial en los convenios celebrados entre México y diversas farmacéuticas.
RM