De acuerdo con el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo si trabajas un día feriado como el 16 de septiembre, deben pagarte más.
En primer lugar, si en el lugar donde trabajas necesitan que trabajes el 16 de septiembre tienen la obligación de avisarte con anticipación, es decir, no pueden avisarte de un día para otro, de igual manera, deben pagarte el día al triple, pues la ley señala que los trabajadores “tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.
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Recuerda que el día festivo oficial es el sábado 16 de septiembre y no el 15, por lo tanto, si trabajas el viernes 15 de septiembre no tienen la obligación de pagarte más.
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Cabe mencionar que si el 16 de septiembre en vez de caer en sábado hubiese caído en domingo, la ley dice lo siguiente sobre el sueldo: “si el día de descanso obligatorio llegará a coincidir con el día de descanso semanal, es decir el día domingo, el patrón deberá de cubrirle al trabajador el pago de la prima dominical que marca el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo el cual señala: Los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo”. Es decir, además de pagarte el triple también tienen la obligación de pagarte la prima dominical.
DRS