Foto: Sader / La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural agregó que el acuerdo entrará en vigor a partir de este martes 10 de septiembre de 2023  

A partir del 2024 se homologa el periodo de veda para el crassostrea iridescens, el ostión de piedra en aguas de jurisdicción federal del litoral del Pacífico, de acuerdo a una actualización de la Secretaría de Agricultura.

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El acuerdo ya fue divulgado en el Diario Oficial y precisa épocas y zonas de veda para la pesca de diferentes especies de la fauna acuática en aguas de jurisdicción federal del país, publicado el 16 de marzo de 1994.

Así se informó después de que productores pesqueros de Guerrero manifestaron su interés de aprovechar el recurso de manera responsable, bajo un esquema de manejo sostenible y contar con medidas de manejo formales que aseguren el beneficio económico de su trabajo, de acuerdo a la Sader.

La medida busca evitar efectos económicos desiguales entre los productores de ostión de piedra en el país. La homologación de la veda espacio-temporal coadyuva al mantenimiento y conservación de los bancos ostrícolas.

Esta acción también incrementa los beneficios económicos de los productores, al comercializar este recurso con una mejor calidad en la época decembrina, que es cuando existe mayor demanda, destacó Agricultura.

Subrayó que con los tres meses de veda se cubre el principal evento reproductivo de la especie ostión de piedra en la zona comprendida desde Pie de la Cuesta y hasta Playa Revolcadero, en Guerrero, y homologa el período de restricción para todo el litoral del océano Pacífico. Al concluir el periodo de veda, recalcó, es recomendable observar una talla mínima de captura de 90 milímetros indicada como control de manejo en la Carta Nacional Pesquera (CNP) publicada el 11 de junio de 2018.

La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural agregó que el acuerdo entrará en vigor a partir de este martes 10 de septiembre de 2023. Agricultura, a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca), administra, regula el uso y promueve la sustentabilidad de la flora y fauna acuática, al ordenar las actividades y establecer las condiciones en que deberán realizarse las operaciones pesqueras

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