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El 2023 está por finalizar y con ello momentos importantes en la defensa de los derechos de las mujeres. Por lo que te presentamos algunos de los avances logrados a lo largo de este año.

Ley Monzón

Puebla se convirtió el 2 de marzo en la primera entidad en aprobar la Ley Monzón, que consiste en retirar la patria potestad de los hijos en común de feminicidas y quienes intenten quitarle la vida a una mujer.

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Además, considera castigar con una pena de ocho años a funcionarios que entorpezcan la investigación y 10 años de inhabilitación.

Esto con la finalidad de proteger y garantizar el interés superior de la niñez.

La ley, presentada como iniciativa en julio de 2022, también ha sido aprobada en Sinaloa, Colima y Ciudad de México.

El dictamen aprobado con 37 votos a favor, fue nombrado “Ley Monzón”, en memoria de Cecilia Monzón, activista y abogada asesinada en mayo de 2022 presuntamente por su expareja.

Ley Ácida

El 2 de marzo, Puebla también se convirtió en el primer estado en aprobar la Ley Ácida, que sanciona los ataques hechos con líquidos corrosivos con hasta 40 años de cárcel, además de consideralos como tentativa de feminicidio.

Fue a principios de diciembre cuando también en las Comisiones Unidas de Igualdad de Género y de Administración y Procuración de Justicia del Congreso capitalino se aprobó tipificar los ataques con ácido en Ciudad de México.

Despenalización del aborto

El 6 de septiembre fue un día histórico en México, debido a que se despenalizó el aborto en todo el país, por lo que ninguna mujer ni al personal de salud se le podrá castigar por la interrupción del embarazo.

La aprobación se logró tras una solicitud de amparo promovido por el Grupo de Información en Reproducción Asistida (GIRE) contra el Congreso de la Unión y el Ejecutivo federal.

Dicha resolución vincula al Congreso para eliminar del Código Penal Federal el delito de aborto, con lo que las instituciones públicas de salud deberán realizar la interrupción del embarazo a quien lo requiera sin criminalización.

Previo a la aprobación, el aborto solo era legal en Ciudad de México, Oaxaca, Baja California, Coahuila, Veracruz, Colima, Hidalgo, Guerrero, Baja California Sur, Sinaloa, Quintana Roo y Aguascalientes.

Ley 3 de 3 contra la violencia de género

El 29 de mayo se publicó en el Diario Oficial de la Federacción (DOF) una nueva reforma a los artículos 38 y 102 de la Constitución.

Ésta establece la suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público a agresores sexuales, deudores alimentarios y culpables de violencia de género.

Estas modificaciones se suman a las establecidas en el Artículo 38, que indican que las personas prófugas de la justicia, desde que se dicte la orden de aprehensión hasta que ésta prescriba, no podrá registrarse como candidato a un cargo de elección popular.

La ley se aplica en varias entidades del país, como la Ciudad de México donde el 24 de noviembre la Constitución Politíca capitalina se homologó a los mandatos federales para abatir los ataques contra las mujeres.

Reforma sobre violencia vicaria

El 29 de noviembre el pleno de la Cámara de Diputados aprobó una reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el Código Civil y el Código Penal Federal.

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Con lo que se establece castigar con más de cinco años de cárcel la violencia vicaria, cualquier acto u omisión que busque causar prejuicio o daño a las mujeres a través de sus hijos.

 

 

 

 

RM