La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) presumió que la declaración de inconstitucionalidad de la Ley de la Industria Eléctrica (ILE) evitó un conflicto de “grandes dimensiones económicas” con Estados Unidos y Canadá.
En una tarjeta informativa, la Corte resaltó que la resolución de la Segunda Sala, aprobada con el voto de calidad del ministro Alberto Pérez Dayán, dejó sin efectos el panel de controversias solicitado por esos dos países.
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“Lo que se traduce en que se evitó para México, una condena económica de grandes dimensiones y el fin del asunto en el tema energético”, indica el documento.
La Suprema Corte recordó que pasado 31 de enero del presente año, la Segunda Sala resolvió un amparo que declaró la inconstitucionalidad del orden de prelación en el despacho de energía eléctrica, regulado en la Ley de la Industria Eléctrica de 2021, por transgredir los principios de competencia y libre concurrencia.
La resolución, explicó, “no sólo significó conceder el amparo a las quejosas, sino que generó una consecuencia para el resto de los agentes que participan en el mercado eléctrico mayorista”.
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Además, una de las implicaciones de esa decisión impactó de manera decisiva en la controversia que tanto Estados Unidos como Canadá habían presentado, en el marco del TMEC, contra México por la política del Gobierno en el sector.
Es decir, la inconstitucionalidad declarada dejó sin materias las consultas que, en el Panel de Energía, formularon esos países en julio de 2022, lo que se “traduce en que se evitó para México una condena económica de grandes dimensiones y el fin del asunto en el tema energético”.
EAM