La mayoría de Morena y aliados aprobó con 258 votos en lo general la reforma a los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo con lo cual los juicios que se resuelvan bajo esta figura jurídica la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las suspensiones tendrán efectos generales.
El diputado Sergio Hernández Ferriño (PRI) afirmó que la reforma atenta contra los principios de progresividad de la Constitución y sienta un “grave” retroceso legal que pone en peligro la operatividad del Poder Judicial, pues si antes era posible declarar inconstitucionalidad de una ley a través de un juicio de amparo, hoy con esa reforma se elimina dicha facultad.
“Los jueces no pueden suspender con efectos generales aquellas normas que son inconstitucionales, no queremos afirmar que esta reforma supone una venganza del partido en el poder por los reveses que ha sufrido de la Corte.
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“En específico, nos parece increíble que sea una respuesta a la sentencia con efectos generales que la Corte emitió en contra de la Ley de la Industria Eléctrica. El PRI considera sumamente grave que las personas legislen con motivos y deseos personales, en contra de los principios fundamentales y los ejes rectores del Estado mexicano”, dijo el legislador.
Enfatizó que el amparo es uno de los grandes aportes que el derecho mexicano le ha dado al mundo ya que es el mecanismo de defensa de las personas en contra de la violación de la ley, “parece mentira que tardamos 183 años en perfeccionarlo y les toma tan solo un momento debilitarlo”.
Al fundamentar el dictamen, la diputada Adriana Bustamante (Morena), expresó que los cambios garantizan el respeto irrestricto de la separación de Poderes y fundamentalmente garantiza el principio de presunción de la constitucionalidad de las leyes que aprueba el Legislativo.
Agregó que también se deroga la facultad del órgano jurisdiccional de amparo que concedía la suspensión cuando a su juicio pudiera causar mayor afectación al interés social, que principalmente, sostuvo, eran determinados por el interés económico y nunca social.
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“El proyecto que hoy se presenta no busca limitar, ni reducir o restringir el efecto protector y garantista del juicio de amparo, justo porque el juicio de amparo es el recurso judicial más efectivo y más protector con el que cuentan las y los ciudadanos para defenderse de los actos de la autoridad que consideran excesivos o arbitrarios.
“Sin embargo, las disposiciones vigentes que hoy se encuentran en el centro de la discusión, le han otorgado al Poder Judicial, resolver bajo un criterio unipersonal, una potestad discrecional, que al no estar reglamentada le ha otorgado una cuota excesiva de poder que ya no obra solo como un contrapeso natural”, apuntó la legisladora.
Al momento el Pleno continúa con la discusión de las reservas al dictamen, una vez votado en lo particular los diputados iniciarán con la discusión de la reforma a la Ley de Amnistía.
LEO