Ante el aumento de uso de bicicletas o motobicicletas eléctricas en la Ciudad de México, te decimos qué dice el reglamento de tránsito.
Algunos ciudadanos han optado por dichos medios de transporte, siendo una opción sustentable, económica y de fácil traslado ante una mega urbe como los es la capital del país.
Es por ello que el aumento de uso de bicicletas y motocicletas eléctricas van en aumento. Recientemente, las autoridades de movilidad de la capital se han cuestionado si se deberían emplacar algunos de estos vehículos.
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Andrés Lajous -titular de la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México (Semovi)- indicó que se contactaron con los fabricantes de estos vehículos eléctricos para que brinden información sobre las disposiciones que hay para la circulación bicis o moto eléctricas por la capital.
¿Qué dice el reglamento de tránsito para bicicletas eléctricas en CDMX?
Cabe señalar que el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México tuvo una reforma en el año 2019, la cual estableció que los vehículos eléctricos como las bicis y motobicis no pueden circular en las banquetas.
Los vehículos deben circular por el asfalto al igual que los demás vehículos. Además, tiene prohibido invadir los carriles confinados del transporte público, a menos que existan una señalización que lo permita.
Los conductores de bicicletas y motobicis eléctricas, o no motorizados, no pueden circular en áreas, aceras o puentes designados para los peatones, exceptuando a menores de 12 años de edad y elementos de seguridad pública.
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Debes de tener en cuenta que si tu bicicleta o motobici eléctrica supera los 25 kilómetros por hora, se clasifica como vehículo motorizado y, por ende, requiere estar emplacado, además de que deberás usar casco de manera obligatoria.
LEO