Para combatir la proliferación de venta de alcohol en vía pública, en la Ciudad de México quienes instalen comercios irregulares de esta índole, serán acreedores a una multa superior a los 3 mil pesos, arresto de hasta 36 horas y trabajo comunitario.
Este jueves se publicaron en la Gaceta Oficial las reformas a la Ley de Cultura Cívica, donde se establece que la venta de bebidas alcohólicas en vía pública es una infracción contra la seguridad ciudadana, a excepción de los casos ubicados en ferias, romerías o festividades, que cuenten con autorización de las instancias competentes.
Esta regulación busca desaparecer las llamadas chelerías, las cuales se han vuelto populares en lugares como tianguis y puestos ambulantes en distintas colonias de la capital.
El miércoles, el Congreso local aprobó la iniciativa de reforma enviada por el jefe de Gobierno, Martí Batres, para erradicar estos establecimientos, los cuales consideró como un riesgo a la salud pública.
El proyecto adiciona una fracción V bis al artículo 28 y se modifica el artículo 32 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México a efecto de sancionar a quienes vendan bebidas alcohólicas en vía pública sin contar con los permisos correspondientes.
Con estas modificaciones, las sanciones incluyen multas de 21 a 30 Unidades de Medida Actualizada, que equivale entre 2 mil 171 a 3 mil 257 pesos, arrestos de 25 a 36 horas y trabajo comunitario de hasta 18 horas.
También se reformó el artículo 286 del Código Penal local, en el cual se establece que quienes rompan, alteren, destruyan o desaparezcan sellos de clausura puestos por orden de la autoridad competente, de acuerdo a la gravedad, podrían enfrentar de 2 hasta 12 años de prisión y de 100 a 5 mil días multa.
A quienes cometan en forma reiterada estas conductas, se les aumentará en una cuarta parte de la pena de prisión.