Juan Luis Alcántara Carrancá, magistrado del senado
Foto: Cuartoscuro |  

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) asignó a la ponencia del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá la tramitación de la acción de inconstitucionalidad contra la reforma judicial, promovida por el PAN.

El mismo ministro admitió hoy a trámite la controversia, promovida por Gobierno de Guanajuato, contra la reforma judicial, por lo que tiene a su cargo dos de los primeros asuntos sobre los cambios que avalaron la elección de ministros, jueces y magistrados.

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“Túrnese este expediente al ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá para que instruya el procedimiento respectivo, al existir conexidad con la controversia constitucional 286/2024, toda vez que se impugna el mismo decreto legislativo”, indica el acuerdo de la SCJN.

El ministro Alcántara Carrancá deberá decidir si da trámite a la acción de inconstitucionalidad del PAN, y en su caso tendrá que elaborar proyectos de sentencia y presentarlos ante el Pleno.

Tanto la acción de inconstitucionalidad como la controversia admiten la posibilidad de otorgar suspensiones provisionales contra las normas.

Sin embargo, los precedentes indican que no proceden contra actos del Poder Reformador de la Constitución, por lo que el ministro Alcántara Carrancá deberá decidir el camino jurídico de la discusión, pues la reforma también lo afecta directamente al pedirle su renuncia para finales de noviembre.

El ministro Alberto Pérez Dayán será el encargado de elaborar el primer proyecto que analiza la validez de la reforma judicial, que entró en vigor desde el pasado 16 de septiembre.

En los estrados de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se publicó que la presidenta Norma Piña asignó a la Segunda Sala, a la ponencia del ministro Pérez Dayán, elaborar el proyecto de sentencia.

El pasado jueves, el Pleno de la Suprema Corte determinó que sí podía ejercer su facultad de atracción en los asuntos de la reforma judicial, pero al ser un caso inédito se desconoce el tiempo y tramitación que dará el ministro a la demanda.